Contrato de trabajo sujeto a modalidad intermitente (labores permanentes pero discontinuas)
Contrato modal para actividades permanentes que se realizan de forma discontinua, con las condiciones precisas para reanudar las labores y el derecho preferente de recontratación automática.
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Cuándo y cómo usarlo
Úsalo cuando la actividad es parte permanente del negocio pero no es continua: por ejemplo, mantenimiento de equipos que se activa con cada pedido, servicios de eventos, inventarios periódicos o atención de picos que no coinciden con temporadas fijas.
Lo más importante es describir con precisión las circunstancias o condiciones que hacen que el trabajador vuelva a laborar en cada oportunidad, y cómo se le convoca.
Si la labor en realidad es continua, el contrato se desnaturaliza y se considera indeterminado.
Datos que debes completar
- Razón social
- Dirección, distrito, provincia y departamento
- Nombre completo
- Nombre del cónyuge
- Actividad
- Descripción
- Frecuencia aproximada y variable
- Registros
- Labor
- Cuarenta y ocho
- Se renovará por escrito con las mismas formalidades
- Detalle
- Periodicidad
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CONTRATO DE TRABAJO SUJETO A MODALIDAD INTERMITENTE
Conste por el presente documento el contrato de trabajo sujeto a modalidad intermitente que celebran, de una parte, [RAZÓN SOCIAL], con RUC N° [número], con domicilio en [dirección, distrito, provincia y departamento], debidamente representada por [nombre], identificado(a) con [DNI / C.E.] N° [número], según poder inscrito en el asiento [número] de la Partida Electrónica N° [número] del Registro de Personas Jurídicas de la Zona Registral N° [número], Sede [ciudad], a quien en adelante se denominará EL EMPLEADOR; y, de la otra parte, [nombre completo], identificado(a) con [DNI / C.E.] N° [número], de estado civil [soltero(a) / casado(a) con [nombre del cónyuge], identificado(a) con DNI N° [número] / otro], con domicilio en [dirección, distrito, provincia y departamento], a quien en adelante se denominará EL TRABAJADOR; en los términos y condiciones siguientes:
PRIMERA. Causa objetiva. EL EMPLEADOR se dedica a [actividad]. Dentro de ella, las labores de [descripción] son permanentes pero discontinuas, porque solo se requieren cuando [circunstancia: llega un pedido de servicio de mantenimiento / se programa un evento / se realiza un inventario], lo que ocurre [frecuencia aproximada y variable], como se acredita con [registros].
SEGUNDA. Objeto. EL EMPLEADOR contrata a EL TRABAJADOR como [cargo] para realizar esas labores cada vez que se presenten las condiciones de la cláusula siguiente (art. 64 del TUO del D. Leg. N° 728).
TERCERA. Condiciones de reanudación. Las labores se reanudarán en cada oportunidad cuando [condición precisa: EL EMPLEADOR reciba una orden de servicio de un cliente que requiera [labor] / se programe un evento con más de [número] asistentes / otra]. EL EMPLEADOR convocará a EL TRABAJADOR con al menos [cuarenta y ocho] horas de anticipación mediante [correo electrónico y mensaje al número [número]], indicando la fecha, lugar y duración estimada. Cada periodo de labor y de inactividad se registrará por escrito.
CUARTA. Derecho preferente. EL TRABAJADOR tendrá derecho preferente a ser contratado cada vez que se reanuden las labores, derecho que opera en forma automática, sin necesidad de un nuevo contrato ni renovación. Si no acude a la convocatoria sin justificación, su ausencia se tratará como inasistencia injustificada conforme al Reglamento Interno de Trabajo y la ley.
QUINTA. Plazo. El contrato rige desde el [fecha] hasta el [fecha]. [Se renovará por escrito con las mismas formalidades.] Los contratos modales sucesivos no pueden superar cinco años en total.
SEXTA. Jornada y remuneración. Durante los periodos de labor, EL TRABAJADOR cumplirá la jornada de [detalle] y percibirá una remuneración de S/ [monto] por [mes / día] efectivamente laborado, pagadera [periodicidad], más los beneficios sociales de su régimen laboral, calculados en función del tiempo efectivamente laborado.
SÉPTIMA. Periodos de inactividad. Durante los periodos sin labor, el vínculo se mantiene en suspenso: EL TRABAJADOR no presta servicios ni percibe remuneración, y puede trabajar para otros empleadores, salvo que compitan con EL EMPLEADOR o usen su información confidencial.
OCTAVA. Obligaciones. EL TRABAJADOR cumplirá el Reglamento Interno de Trabajo y las normas de seguridad y salud en el trabajo. EL EMPLEADOR le brindará inducción en seguridad antes de cada periodo de labor, si cambian las condiciones.
NOVENA. Desnaturalización y extinción. Si las labores resultan continuas o no existe la causa objetiva, el contrato se considerará de duración indeterminada (art. 77). El contrato se extingue al vencer el plazo y por las demás causas de ley.
DÉCIMA. Datos personales. EL EMPLEADOR tratará los datos de EL TRABAJADOR solo para gestionar la relación laboral, conforme a la Ley N° 29733.
En señal de conformidad, las partes firman en tres ejemplares, en [ciudad], el [fecha].
_______________________________ [Nombre] · DNI [número] EL EMPLEADOR: Representante_______________________________ [Nombre] · DNI [número] EL TRABAJADOR
NOTAS PARA COMPLETAR ESTE MODELO (elimina esta página antes de firmar o enviar) Concepto. Los contratos intermitentes cubren necesidades de actividades que por su naturaleza son permanentes pero discontinuas; el trabajador tiene derecho preferencial, que puede pactarse en el contrato primigenio para que opere automáticamente sin nuevo contrato (art. 64). Condiciones de reanudación. El contrato debe consignar con la mayor precisión las circunstancias o condiciones para que se reanude en cada oportunidad la labor (art. 65). La Corte Suprema (Cas. Lab. N° 20929-2019-La Libertad) exige labor permanente pero discontinua, causa objetiva y duración, condiciones de reanudación y derecho preferencial. Beneficios. El tiempo de servicios y los derechos sociales se determinan en función del tiempo efectivamente laborado (art. 66). Lleva un registro de periodos de labor e inactividad. Forma. Por escrito y por triplicado (art. 72); registro en el T-Registro desde el inicio del vínculo; revisa con tu contador cómo declarar en la PLAME los periodos sin labor según las reglas de la SUNAT y el MTPE.
Modelo de referencia: completa los datos entre corchetes [ ] y revisa que se ajuste a tu caso.