Carta de amonestación escrita al trabajador
Llamada de atención por escrito ante una falta leve, con descripción del hecho, norma incumplida y advertencia de sanciones mayores.
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Cuándo y cómo usarlo
Úsala para sancionar una falta leve: tardanzas, incumplimiento de una instrucción, uso indebido de recursos o faltas que no justifican una suspensión ni un despido. La amonestación escrita deja constancia en el legajo y sirve de antecedente si la conducta se repite.
Describe el hecho concreto (qué, cuándo, dónde), la obligación o norma del Reglamento Interno que se incumplió y, si existe, el descargo verbal del trabajador. La sanción debe ser proporcional y oportuna.
Entrégala con cargo de recepción. Si el trabajador se niega a firmar, deja constancia con dos testigos o envíala por conducto notarial.
Datos que debes completar
- Membrete de la empresa: razón social, RUC y dirección
- Nombre completo del trabajador
- Domicilio del trabajador o área de trabajo
- Jefe
- Tarea
- Si hubo hechos anteriores relacionados, indicarlos con sus fechas
- Transcribir o resumir la obligación
- Explicación
- Razón
- Razón social
Vista previa del modelo
[Membrete de la empresa: razón social, RUC y dirección]
[Ciudad], [día] de [mes] de [año]
Señor(a) [Nombre completo del trabajador] [Cargo] [Domicilio del trabajador o área de trabajo] Presente.-
Asunto: Amonestación escrita
De nuestra consideración:
Por medio de la presente, en ejercicio de la facultad disciplinaria que corresponde al empleador conforme al artículo 9 del TUO del Decreto Legislativo N° 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por Decreto Supremo N° 003-97-TR, le comunicamos que se le impone la sanción de amonestación escrita por los hechos siguientes:
1. Hechos. El día [fecha], aproximadamente a las [hora], en [lugar / área], usted [describir de forma objetiva y concreta la conducta: por ejemplo, ingresó a laborar a las 9:25 horas, cuando su horario de ingreso es a las 8:00 horas, sin justificación; o no cumplió la instrucción de [jefe] de [tarea], impartida el [fecha]]. [Si hubo hechos anteriores relacionados, indicarlos con sus fechas.]
2. Obligación incumplida. Dicha conducta contraviene [el artículo [número] del Reglamento Interno de Trabajo / la cláusula [número] de su contrato de trabajo / la política [nombre], que usted conoce y recibió el [fecha]], que establece [transcribir o resumir la obligación].
3. Descargo. [Indicar si el trabajador dio alguna explicación verbal o escrita y por qué no la justifica: «Consultado al respecto, usted manifestó [explicación], lo que no justifica el incumplimiento porque [razón]». Si no hubo descargo, elimine este punto.]
4. Sanción. En atención a la naturaleza de la falta, a sus antecedentes [sin antecedentes / con [número] llamadas de atención previas] y al principio de proporcionalidad, se le impone la presente amonestación escrita, que se archivará en su legajo personal.
Lo/La exhortamos a corregir su conducta y a cumplir sus obligaciones laborales. Le advertimos que la reiteración de este tipo de conductas podrá dar lugar a sanciones de mayor gravedad, incluida la suspensión sin goce de remuneraciones y, de configurarse una falta grave, el despido, conforme a ley.
Atentamente,
_______________________________ [Nombre] Jefe(a) de Recursos Humanos / Gerente general de [RAZÓN SOCIAL]
CONSTANCIA DE RECEPCIÓN (el trabajador)
Recibí el original de la presente comunicación el [día] de [mes] de [año], a las [hora] horas.
NombreDNIFirmaHuella
[Si el trabajador se niega a recibirla, déjese constancia con la firma de dos testigos o remítase por conducto notarial al domicilio que figura en su legajo.]
NOTAS PARA COMPLETAR ESTE MODELO (elimine esta página antes de firmar o entregar) Proporcionalidad. La sanción debe guardar relación con la gravedad de la falta. La escala usual es: amonestación verbal, amonestación escrita, suspensión sin goce y despido (solo por falta grave del art. 25). Inmediatez. Sancione dentro de un plazo razonable desde que conoce la falta. Dejar pasar mucho tiempo puede interpretarse como perdón de la falta. Reglamento Interno de Trabajo. Las empresas con más de 100 trabajadores deben tenerlo (D.S. N° 039-91-TR). Aunque la empresa sea más pequeña, conviene contar con un reglamento o política escrita que tipifique las faltas. No discriminar. Aplique el mismo criterio a todos los trabajadores en situaciones similares; las sanciones arbitrarias o selectivas pueden ser cuestionadas ante la SUNAFIL o el juez. Legajo. Archive la carta y su cargo en el legajo del trabajador: es prueba si más adelante hay reincidencia.
Modelo de referencia: completa los datos entre corchetes [ ] y revisa que se ajuste a tu caso.