Saltar al contenido
UIT 2026S/ 5,500IGV + IPM18%TIM0.90% mensualRMVS/ 1,230Dólar SunatS/ 3.46701/11Tasa BCRP4.25%sin cambioInflación4.55%anual sep
SUNAT · Informe

Informe N.° 60-2012-SUNAT/4B0000 Retenciones a sujetos no domiciliados

Impuesto a la Renta Emitido: 8 de junio de 2012

La respuesta de SUNAT

1. Tratándose de un sujeto domiciliado que abona al fisco un monto que no corresponde a la retención del Impuesto a la Renta de un sujeto no domiciliado, en tanto no existe un servicio pactado, dicho concepto constituye un pago indebido.

2. El contribuyente sólo puede compensar el pago antes señalado a solicitud de parte.

La consulta Ver lo que se preguntó a SUNAT

En la contratación de servicios que serán prestados por no domiciliados existe la práctica que el domiciliado abon e al fisco, para efecto de la contabilización como gasto o costo a que se refiere el artículo 76° de la Ley del Impuesto a la Renta, el monto que correspondería a la retención del Impuesto a la Renta de dicho no domiciliado, aun cuando el servicio n o ha sido pactado. Finalmente, dichos servicios no son prestados por los referidos sujetos no domiciliado s. Al respecto, se formulan las siguientes consultas:

1. ¿El sujeto domiciliado puede compensar el monto abonado que correspondería a la retención del Impuesto a la Renta del no domiciliado , al amparo del artículo 55° del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, con retenciones que se devenguen con posterioridad?

2. De ser afirmativa la respuesta, ¿se trata de un procedimiento de compensación automática?

Base legal del informe 3 normas

Fuente: SUNAT.

Informes relacionados

Impuesto a la RentaInforme N.° 166-2019-SUNAT/7T000030/10/2019 Convenios de Estabilidad Tributaria – Deducción de gastos de operaciones con no domiciliados En el supuesto de una empresa domiciliada en el Perú, que ha suscrito un Convenio de Estabilidad Tributaria, en el marco del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, estabilizando el régime…
Código TributarioInforme N.° 83-2019-SUNAT/7T000014/06/2019 Emisión de órdenes de pago Con relación al criterio establecido en la Resolución del Tribunal Fiscal N.° 02256-4-2016, que constituye precedente de observancia obligatoria, referido a que "procede declarar la nulidad del acto …
Código TributarioInforme N.° 89-2017-SUNAT/5D000024/07/2017 Código Tributario – Pago indebido Tratándose de los supuestos que a continuación se señalan, la solicitud de devolución del pago del monto equivalente a la retención a que se refiere el segundo párrafo del artículo 76° de la LIR, efe…
Impuesto a la RentaInforme N.° 167-2016-SUNAT/5D000010/10/2016 CDI (Convenios Doble Imposición) En relación con los intereses generados por un préstamo de dinero realizado por una persona jurídica residente en Suiza que no es banco a una persona jurídica residente en Perú (empresas vinculadas),…
Impuesto a la RentaInforme N.° 152-2016-SUNAT/5D000014/09/2016 Retenciones del Impuesto a la Renta a no domiciliados Lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 76° del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta no es aplicable tratándose de contribuyentes que contabilicen como gasto o costo las reg…

Ver todos los informes sobre Impuesto a la Renta