Saltar al contenido
UIT 2026S/ 5,500IGV + IPM18%TIM0.90% mensualRMVS/ 1,230Dólar SunatS/ 3.46701/11Tasa BCRP4.25%sin cambioInflación4.55%anual sep
SUNAT · Informe

Informe N.° 34-2013-SUNAT/4B0000 Cómputo del plazo de prescripción para solicitar la devolución de Percepciones del IGV

Código Tributario Emitido: 5 de marzo de 2013

La respuesta de SUNAT

El cómputo del término de la prescripción a efecto de solicitar la devolución de las Percepciones del IGV no aplicadas se inicia el uno (1) de enero del año siguiente al momento en que se acumulen percepciones no aplicadas por tres (3) periodos tributarios. En consecuencia, el plazo de prescripción se computa de forma independiente tomando como base cada periodo en que nazca la facultad de solicitar la devolución.

No obstante ello, el plazo de prescripción se interrumpe cuando se presenta la declaración jurada del IGV en la que se consigna el saldo de las percepciones no aplicadas acumuladas.

La consulta Ver lo que se preguntó a SUNAT

Se consulta si tratándose de solicitudes de devoluc ión de saldos no aplicados de percepciones debe computarse el plazo de prescri pción de forma independiente tomando como base cada periodo en que nazca la facultad de solicitar la devolución y por el monto consignado e n la declaración correspondiente, o tomando como base el último peri odo tributario en cuya declaración se consigna el arrastre de saldo a favo r de percepciones no aplicadas, de conformidad con lo dispuesto en el ar tículo 31° de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo.

Base legal del informe 6 normas

Citado en: Informe N.° 185-2015-SUNAT/5D0000.

Fuente: SUNAT.

Informes relacionados

Código TributarioInforme N.° 37-2026-SUNAT/7T000008/06/2026 Boletos aéreos – Declaración jurada informativa 1. Las Compañías de Aviación Comercial inscritas en el RUC solo deben informar los Boletos de Transporte Aéreo que hubieran emitido en el mes por los servicios de transporte aéreo de pasajeros, tanto…
Código TributarioInforme N.° 69-2025-SUNAT/7T000010/06/2025 Embargo en forma de retención El ejecutor coactivo puede ordenar a una entidad que ejecute un embargo en forma de retención sobre el importe adeudado al integrante de un consorcio comprendido en un procedimiento de cobranza coact…
Código TributarioInforme N.° 47-2025-SUNAT/7T000002/05/2025 Embargo en forma de retención sobre cuenta detracciones - Imputación No resulta viable que se pueda imputar el importe retenido de una cuenta de detracciones por un embargo en forma de retención trabado en el marco de un procedimiento de cobranza coactiva, a una deuda…
Código TributarioInforme N.° 28-2025-SUNAT/7T000027/02/2025 Fraccionamiento Especial - Acogimiento 1. Si en un procedimiento en el cual se hubiere impugnado varios valores, el contribuyente opta por acoger al Fraccionamiento Especial (FE) solo uno de ellos, se entiende que el desistimiento es únic…
Código TributarioInforme N.° 8-2025-SUNAT/7T000017/01/2025 Multa por infracción prevista en el numeral 1 del artículo 178 del Código Tributario Si un contribuyente que declaró cifras o datos falsos que le permitieron determinar un saldo a favor correspondiéndole un tributo por pagar, hubiera obtenido la devolución del saldo a favor indebidam…

Ver todos los informes sobre Código Tributario