Convenio de extinción del vínculo laboral por mutuo disenso
Acuerdo para terminar la relación laboral de común acuerdo, con fecha de cese, liquidación, incentivo opcional y entrega de documentos.
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Cuándo y cómo usarlo
Úsalo cuando empleador y trabajador acuerdan terminar la relación laboral. Es una forma válida de cese que debe constar por escrito o en la liquidación de beneficios sociales.
Puede incluir un incentivo o bonificación por cese, pagado aparte de los beneficios sociales. Detalla montos, fechas y forma de pago.
El acuerdo debe ser libre: si el trabajador alega que fue obligado, el cese podría cuestionarse como despido. Evita firmarlo en el mismo acto de un reclamo o bajo presión, y entrega una copia al trabajador.
Datos que debes completar
- Razón social
- Dirección, distrito, provincia y departamento
- Nombre del representante
- Nombre completo del trabajador
- Peruana
- Fecha de ingreso
- Opcional
- Monto en letras
- Forma de pago
Paso a paso
- Prepara la hoja de liquidación antes de la reunión: calcula remuneración pendiente, vacaciones, gratificación trunca y CTS trunca con las fechas reales de ingreso y cese.
- Si ofreces incentivo, decide el monto y si incluirás la cláusula de compensación del art. 57 del TUO del D. Leg. N° 650; sin ella, el monto no podrá descontarse de un reclamo posterior.
- Entrega el borrador al trabajador con al menos un día para revisarlo o consultarlo; esto respalda que su consentimiento fue libre.
- Firmen en dos ejemplares, idealmente con firmas legalizadas, y entrega al trabajador su copia en el mismo acto.
- Paga mediante depósito en cuenta y entrega en esa fecha el certificado de trabajo, la constancia de cese para la CTS y el certificado de rentas y retenciones.
- Registra la baja en el T-Registro con el motivo de mutuo disenso y declara el cese en la PLAME del mes.
Plazos y fechas clave
- La liquidación debe pagarse dentro de las 48 horas siguientes al cese; el retraso genera intereses y puede ser multado en una inspección.
- La constancia de cese para que el trabajador retire su CTS también debe entregarse dentro de las 48 horas.
- El trabajador tiene cuatro años desde el cese para reclamar beneficios impagos (Ley N° 27321); conserva el convenio y las constancias de pago al menos durante ese tiempo.
Errores frecuentes
- Hacer firmar el convenio el mismo día en que se comunica la decisión de la empresa, sin tiempo para revisarlo: facilita que luego se alegue coacción y se demande como despido.
- Pagar el incentivo sin aplicar la retención que corresponda o sin consultar al contador: la SUNAT puede observar la omisión al empleador.
- Llamar «indemnización por despido» al incentivo: confunde la causa del cese. Usa el término bonificación o incentivo por cese.
- Usar el convenio con un trabajador con fuero especial (gestante, dirigente sindical, trabajador con discapacidad) sin documentar que la iniciativa fue suya.
Preguntas frecuentes
¿El mutuo disenso debe firmarse ante notario?
No es obligatorio; basta el documento escrito. La legalización de firmas da fecha cierta y dificulta que se cuestione la voluntad.
¿Si firmo mutuo disenso puedo cobrar toda mi CTS?
Sí. Con la constancia de cese puedes retirar el íntegro del depósito y los intereses del banco.
¿Me corresponde indemnización por despido arbitrario?
No, porque no hay despido. Solo recibes los beneficios sociales y el incentivo que se pacte.
¿Puedo arrepentirme después de firmar?
No de manera unilateral. Solo podrías pedir la nulidad si demuestras error, dolo, violencia o intimidación.
Vista previa del modelo
CONVENIO DE EXTINCIÓN DEL VÍNCULO LABORAL POR MUTUO DISENSO
Conste por el presente documento el convenio que celebran, de una parte, [RAZÓN SOCIAL], con RUC N° [número], con domicilio en [dirección, distrito, provincia y departamento], debidamente representada por [nombre del representante], identificado(a) con DNI N° [número], según poder inscrito en la Partida Electrónica N° [número] del Registro de Personas Jurídicas de [ciudad], a quien en adelante se denominará EL EMPLEADOR; y, de la otra parte, [nombre completo del trabajador], de nacionalidad [peruana], identificado(a) con [DNI / carné de extranjería] N° [número], con domicilio en [dirección, distrito, provincia y departamento], a quien en adelante se denominará EL TRABAJADOR; en los términos siguientes:
PRIMERA. Antecedentes. EL TRABAJADOR presta servicios a EL EMPLEADOR desde el [fecha de ingreso], desempeñando el cargo de [cargo], con una remuneración mensual de S/ [monto], bajo un contrato de trabajo [a plazo indeterminado / sujeto a modalidad].
SEGUNDA. Objeto. Por el presente convenio, ambas partes, de manera libre y voluntaria, acuerdan extinguir el vínculo laboral por mutuo disenso, conforme a los artículos 16, inciso d), y 19 del TUO del Decreto Legislativo N° 728, aprobado por Decreto Supremo N° 003-97-TR, con efectividad al [día] de [mes] de [año], que será el último día de labores de EL TRABAJADOR.
TERCERA. Beneficios sociales. EL EMPLEADOR pagará a EL TRABAJADOR, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes al cese, la liquidación de sus beneficios sociales, que comprende: remuneración pendiente, vacaciones no gozadas y truncas, gratificación trunca con la bonificación extraordinaria correspondiente, y compensación por tiempo de servicios trunca, según la hoja de liquidación anexa, por un total neto de S/ [monto], mediante [depósito en la cuenta N° [número] del banco [nombre]].
CUARTA. Incentivo por cese [opcional]. Adicionalmente, y como acto de liberalidad, EL EMPLEADOR otorgará a EL TRABAJADOR una bonificación extraordinaria por cese de S/ [monto] ([monto en letras] soles), que se pagará [junto con la liquidación / el [fecha]] mediante [forma de pago]. Las partes dejan constancia de que esta suma no tiene carácter remunerativo, conforme al artículo 7 del TUO del Decreto Legislativo N° 728 y al artículo 19 del TUO del Decreto Legislativo N° 650, y que se le aplicarán las retenciones del impuesto a la renta que correspondan. Las partes acuerdan expresamente que esta bonificación se compensará con cualquier suma que pudiera reconocerse judicial o administrativamente a favor de EL TRABAJADOR por obligaciones derivadas del vínculo laboral, conforme al artículo 57 del TUO del Decreto Legislativo N° 650.
QUINTA. Documentos de cese. EL EMPLEADOR entregará a EL TRABAJADOR, en la fecha de pago, el certificado de trabajo, la carta de cese dirigida a la entidad depositaria de la CTS para que disponga del íntegro de su depósito, el certificado de rentas y retenciones de quinta categoría y la constancia de baja en el T-Registro. EL TRABAJADOR entregará el cargo y devolverá los bienes asignados a más tardar el [fecha].
SEXTA. Declaraciones. Las partes declaran que celebran el presente convenio con pleno conocimiento de sus derechos y sin que medie error, dolo, violencia ni intimidación. EL TRABAJADOR declara que su decisión es libre y que ha tenido oportunidad de consultar a un asesor de su elección.
SÉPTIMA. Confidencialidad. EL TRABAJADOR mantiene la obligación de reserva respecto de la información confidencial de EL EMPLEADOR a la que tuvo acceso, aun después del cese.
En señal de conformidad, las partes suscriben el presente convenio en dos ejemplares de igual tenor, en [ciudad], el [día] de [mes] de [año].
_______________________________ [Nombre] EL EMPLEADOR: Representante legal_______________________________ [Nombre] EL TRABAJADOR
NOTAS PARA COMPLETAR ESTE MODELO (elimine esta página antes de firmar o entregar) Forma. El mutuo disenso debe constar por escrito o en la liquidación de beneficios sociales (art. 19). Legalizar las firmas ante notario da fecha cierta y refuerza la voluntariedad. Sin renuncia de derechos. El trabajador no puede renunciar a sus beneficios sociales: una cláusula que diga que «no tiene nada más que reclamar» no impide reclamar derechos laborales no pagados. Pague todo lo que corresponde. Incentivo y aportes. El incentivo por cese no es remunerativo y no está afecto a aportes a EsSalud ni a AFP/ONP. Puede estar afecto a retención de quinta categoría: la SUNAT suele considerar gravado el incentivo pactado por mutuo disenso. Consulte con su contador antes de pagar. Compensación. Sin la cláusula expresa de compensación (art. 57 del TUO del D. Leg. N° 650), los jueces no suelen descontar el incentivo de lo que luego se reconozca al trabajador. Trabajadora gestante. Si la trabajadora está gestando, evite este acuerdo salvo que la iniciativa sea claramente de ella y lo deje por escrito; de lo contrario podría alegarse discriminación. Baja en planilla. En el T-Registro, el motivo es «mutuo disenso».
Modelo de referencia: completa los datos entre corchetes [ ] y revisa que se ajuste a tu caso.