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SUNAT · Informe

Informe N.° 184-2015-SUNAT/5D0000 Gratificación establecida por convenio colectivo

Otros tributos Emitido: 23 de diciembre de 2015

La respuesta de SUNAT

La gratificación establecida con carácter permanente mediante convenio colectivo, a favor de los trabajadores comprendidos bajo el régimen de la actividad privada (Decreto Legislativo N.° 728), por cada cinco años de servicios prestados en forma ininterrumpida, que es de su libre disposición, forma parte de la base imponible de la contribución al Sistema Nacional de Pensiones.

La consulta Ver lo que se preguntó a SUNAT

Se consulta si forma parte de la base imponible de la contribución al Sistema Nacional de Pensiones (SNP), la gratificación establecida con carácter permanente mediante convenio colectivo , a favor de los trabajadores comprendidos bajo el régimen de la actividad privada (Decreto Legislativo N.° 728), por cada cinco años de servicios prestados en forma ininterrumpida , que es de su libre disposición.

Base legal del informe 4 normas

Fuente: SUNAT.

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