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SUNAT · Informe

Informe N.° 54-2021-SUNAT/7T0000 Base imponible. Arrendamiento operativo

Otros tributos Emitido: 28 de mayo de 2021 Publicado por SUNAT: 16 de julio de 2021

Conclusión

1. La base imponible del ITAN comprende los activos por derecho de uso derivados de los bienes recibidos en arrendamiento operativo.

2. Para determinar la base imponible del ITAN, al valor de los activos por derecho de uso derivados de los bienes recibidos en arrendamiento operativo consignado en el balance general se le debe sumar el valor de las depreciaciones calculadas de acuerdo con las normas y principios contables; no correspondiendo restarle amortización o depreciación tributaria alguna.

Base legal del informe 3 normas

Fuente: SUNAT.

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