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SUNAT · Informe

Informe N.° 57-2021-SUNAT/7T0000 Contribución a Essalud - Microempresas

Otros tributos Emitido: 28 de mayo de 2021 Publicado por SUNAT: 8 de junio de 2021

La respuesta de SUNAT

Los trabajadores de una microempresa que por un período de dos (2) años calendario consecutivos supere el nivel de ventas de 150 Unidades Impositivas Tributarias deberán estar obligatoriamente asegurados como afiliados regulares del Régimen Contributivo de Essalud a partir del año calendario subsiguiente al término de los dos (2) años antes mencionados.

La consulta Ver lo que se preguntó a SUNAT

En relación con las aportaciones al Essalud, se consulta partir de qué período deben estar obligatoriamente asegurados como afiliados regulares del Régimen Contributivo de Essalud los trabajadores de una microempresa que, por un período de dos años calendario consecutivos , exceda el monto máximo de ventas anuales para ser considerada como tal.

Base legal del informe 2 normas

Fuente: SUNAT.

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