Informe N.° 151-2020-SUNAT/7T0000 Impuesto a la Renta – Depreciación
La respuesta de SUNAT
1. El tratamiento descrito en el Informe N.º 057-2020-SUNAT/7T0000 no resulta aplicable sobre los bienes de la concesión que se contabilizan como un activo intangible por derecho de uso, de modo tal que dichos bienes de la concesión cuya amortización haya iniciado en el 2020, no serán susceptibles de acogerse a los porcentajes de depreciación previstos en el DL 1488.
2. Tratándose de los bienes comprendidos en el artículo 5 del DL 1488 es posible deducir un monto menor de aquel que resulte de aplicar los porcentajes de depreciación máximos previstos para tales bienes.
La consulta Ver lo que se preguntó a SUNAT
En relación con las normas sobre depreciación contenidas en el Decreto Legislativo N.º 1488 se formulan las siguientes consultas:
1. ¿Resulta aplicable el tratamiento descrito en el Informe N.º 057-2020- SUNAT/7T0000 sobre los bienes de la concesión que se contabilizan como un activo intangible por derecho de uso, cuya amortización haya iniciado en el 2020 a efecto que se les pueda aplicar las tasas de depreciación previstas en dicho decreto legislativo?
2. Tratándose de los bienes comprendidos en el artículo 5 ¿es posible deducir el monto que resulte de la aplicación de una tasa de depreciación inferior a la tasa máxima anual prevista para tales bienes? Po r ejemplo, si el porcentaje anual de depreciación máximo para equipos de procesamiento de datos es del 50%, se podría deducir el monto que resulte de la aplicación de una tasa anual del 30%.
Base legal del informe 4 normas
- Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo N.º 179-2004-EF, publicado el 8.12.2004 y normas modificatorias (en adelante, LIR).
- Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo N.º 122-94-EF, publicado el 21.9.1994 y normas modificatorias (en adelante, Reglamento de la LIR).
- Decreto Legislativo N.º 1488 que establece un régimen especial de depreciación y modifica plazos de depreciación, publicado el 10.5.2020 , (en adelante, DL 1488).
- Texto Único Ordenado de las normas con rango de ley que regulan la entrega en concesión al sector privado de las obras públicas de infraestructura y de servicios públicos, aprobado por el Decreto Supremo N.º 059-96-PCM, publicado el 27.12.1996 y normas modificatorias, (en adelante, TUO de Ley de Concesiones)(1). 1 Debe tenerse en cuenta que la Única Disposición Complementaria Derogatoria del Decreto Legislativo N.º 1224, Decreto Legislativo del Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, publicado el 25.9.2015, derogó dicho TUO excepto el primer y segundo párrafo de su artículo 19 y el artículo 22. 2/7
Fuente: SUNAT.