Informe N.° 43-2026-SUNAT/7T0000 Impuesto a la Renta – Amazonía
La respuesta de SUNAT
En el supuesto de una empresa ubicada en la Amazonía, dedicada principalmente al procesamiento o transformación de castaña –que comprende el pelado, horneado, selección y empaque– para su posterior venta:
1. Si dicha empresa comprara la castaña pelada a diversos acopiadores localizados en la Amazonía para proseguir su procesamiento o transformación –horneado, selección y empaque– y realizar su posterior venta en el mercado nacional o internacional (exportación), se encontraría exonerada del Impuesto a la Renta, conforme a lo establecido en la Ley de Amazonía y su Reglamento, aun cuando una parte del procesamiento de la castaña (pelado) la realice el acopiador y siempre que lo haga en dicha zona.
2. Si dicha empresa importara la castaña sin pelar para realizar su procesamiento o transformación y posterior venta en el mercado nacional o internacional (exportación), esta se encontraría exonerada del Impuesto a la Renta, conforme a lo establecido en la Ley de Amazonía y su Reglamento.
3. Si dicha empresa importara la castaña pelada para proseguir su procesamiento o transformación -horneado, selección y empaque- y realizar su posterior venta en el mercado nacional o internacional (exportación), dicha empresa no se encontraría exonerada del Impuesto a la Renta, conforme a lo establecido en la Ley de Amazonía y su Reglamento.
La consulta Ver lo que se preguntó a SUNAT
Con relación a una empresa ubicada en la Amazonía, dedicada principalmente al procesamiento o transformación de castaña –que comprende el pelado, horneado, selección y empaque – para su posterior venta , se formulan las siguientes consultas:
1. Si esta empresa compra ra la castaña pelada a diversos acopiadores localizados en la Amazonía para proseguir su procesamiento o transformación –horneado, selección y empaque – y realizar su posterior venta en el mercado nacional o internacional (exportación), ¿se encontraría exonerada del Impuesto a la Renta, conforme a lo establecido en la Ley de Amazonía y su Reglamento, aun cuando una parte del procesamiento de la castaña (pelado) la realice el acopiador?
2. Si dicha empresa importara la castaña sin pelar para realizar su procesamiento o transformación –pelado, horneado, selección y empaque – y posterior venta en el mercado nacional o internacional (exportación), ¿se encontraría exonerada del Impuesto a la Renta, conforme a lo establecido en la Ley de Amazonía y su Reglamento?
3. Si dicha empresa importara la castaña pelada para proseguir su procesamiento o transformación –horneado, selección y empaque– y realizar su posterior venta en el mercado nacional o internacional (exportación), ¿se encontraría exonerada del Impuesto a la Renta, conforme a lo establecido en la Ley de Amazonía y su Reglamento, aun cuando una parte del procesamiento de la castaña (pelado) la realice un tercero? INFORME N.º 000043-2026-SUNAT/7T0000 ASUNTO : Consulta institucional sobre el sentido y alcance de las normas tributarias. LUGAR : Lima, 16 de junio de 2026 Vº Bº 7T2000 REG. 1082 ERNESTO JAVIER LOAYZA CAMACHO GERENTE 16/06/2026 15:33:31 Esta es una representación impresa cuya autenticidad puede ser contrastada con la representación imprimible localizada en la sede digital de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT. La representación imprimible ha sido generada atendiendo lo dispuesto en la Directiva N° 002-2021-PCM/SGTD. La verificación puede ser efectuada a partir del 16/06/2026. Base Legal: Decreto Legislativo N° 1412, Decreto Supremo N° 029-2021-PCM y la Directiva N° 002- 2021-PCM/SGTD. URL: https://www.sunat.gob.pe/cl-ti-itinteroperabilidad/valida/verificacion CVD: 0172 1672 5978 3862 Documento electrónico firmado digitalmente en el marco de la Ley N°27269, Ley de Firmas y Certificados Digitales, su Reglamento y modificatorias. La integridad del documento y la autoría de la(s) firma(s) pueden ser verificadas en: https://apps.firmaperu.gob.pe/web/validador.xhtml . Firmado digitalmente por: JOHANNA KARELLE RONDON MALAGA INTENDENTE NACIONAL INTENDENCIA NACIONAL JURÍDICO TRIBUTARIA Fecha y hora: 16/06/2026 16:14:19 2/7
Base legal del informe 2 normas
- Ley N.° 27037 (1), Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, publicada el 30.12.1998 y normas modificatorias (en adelante, Ley de Amazonía).
- Decreto Supremo N.° 103 -99-EF, Reglamento de las Disposiciones Tributarias contenidas en la Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, publicada el 26.6.1999 y norma s modificatorias (en adelante, Reglamento).
Fuente: SUNAT.