Informe N.° 121-2015-SUNAT/5D0000 Exenciones tributarias – IGV y Comprobantes de Pago
La respuesta de SUNAT
Cuando el Grupo del Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional (Organizaciones) realicen operaciones de venta de souvenirs o recuerdos con motivo de las reuniones anuales 2015 de las Juntas de Gobernadores, que se llevarán a cabo entre el 5 y 12 de octubre de 2015, no se encontrarán afectas al pago del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal.
Las Organizaciones estarán exceptuadas de emitir comprobantes de pago por la venta de souvenirs o recuerdos que, en su condición de no domiciliadas, realicen con motivo de las reuniones anuales 2015 de las Juntas de Gobernadores a que se refiere el Convenio entre el Gobierno del Perú y las Organizaciones para las Reuniones Anuales 2015 de las Juntas de Gobernadores de estas últimas.
La consulta Ver lo que se preguntó a SUNAT
En relación con el Convenio entre el Gobierno del Perú y el Grupo del Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional para las Reuniones An uales 2015 de las Juntas de Gobernadores del Grupo del Banco Mundial y del Fond o Monetario Internacional, evento que se realizará entre el 5 y 12 de octubre de 2015, se formula las siguientes consultas:
1. ¿La venta de souvenirs o recuerdos que realicen las referidas Organizacion es Internacionales con motivo del aludido evento, esta rá gravada con el Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto de Promoción Municipal (IPM)?
2. ¿Por las mencionadas ventas se generaría la obli gación de emitir comprobantes de pago?
Base legal del informe 2 normas
- Convenio entre el Gobierno del Perú y el Grupo de l Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional para las Reuniones Anuales 2015 de las Juntas de Gobernadores del Grupo del Banco Mundial y del Fond o Monetario Internacional (aprobado por la Resolución Legislativa N.° 30307, de fecha 10.3.2015, y ratificado por el Decreto Supremo N.° 015-2015-RE, de fecha 20.3.2015), publicado el 22.4.2015 (en adelante, “Convenio”).
- Reglamento de Comprobantes de Pago, aprobado por la Resolución de Superintendencia N.° 007-99/SUNAT, publicada el 24.1.1999 y normas modificatorias, entre ellas, la Resolución de Superintendencia N.° 223-2015/SUNAT, publicada el 22.8.2015.
Fuente: SUNAT.