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SUNAT · Informe

Informe N.° 19-2026-SUNAT/7T0000 Ley N.° 27037 – Exoneración del IGV

IGV Emitido: 10 de marzo de 2026 Publicado por SUNAT: 20 de marzo de 2026

La respuesta de SUNAT

Los colegios profesionales no están incluidos dentro de la definición de “empresa” regulada en el inciso 2 del artículo 1 del Decreto Supremo N.° 103-99-EF; y, por ende, no les serán aplicables los beneficios tributarios dispuestos en el numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley N.° 27037, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía.

La consulta Ver lo que se preguntó a SUNAT

Se consulta si los colegios profesionales están incluidos dentro de la definición de “empresa” regulada en el artículo 1 del Reglamento de la Ley N.° 27037 ; y, por ende, les son aplicables los beneficios tributarios dispuestos en el numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley N.° 27037.

Base legal del informe 3 normas

Fuente: SUNAT.

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