Informe N.° 117-2023-SUNAT/7T0000 Aplicación del CDI Perú-Chile a la enajenación indirecta de acciones
La respuesta de SUNAT
1. En el marco del Convenio para evitar la doble imposición tributaria suscrito entre Perú y Chile, la ganancia de capital obtenida por un residente de Chile por la enajenación indirecta de las acciones de una sociedad domiciliada en Perú como consecuencia de la transferencia de acciones de una empresa residente en Chile puede someterse a imposición en Perú, en aplicación del artículo 21 del citado CDI.
2. Déjese sin efecto el informe N.º 001-2021-SUNAT/7T0000.
La consulta Ver lo que se preguntó a SUNAT
Revaluación del criterio contenido en el informe N.º 001-2021-SUNAT/7T0000, vinculado a las ganancias de capital obtenidas por la enajenación indirecta de acciones representativas del capital de una sociedad domiciliada en Perú, en el marco del Convenio para evitar la doble tributación y para prevenir la evasión fiscal en relación al impuesto a la renta y al patrimonio suscrito con Chile.
Base legal del informe 3 normas
- Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo N .º 179-2004-EF, publicado el 8.12.2004 y normas modificatorias (en adelante, LIR).
- Convenio para evitar la doble tributación y para prevenir la evasión fiscal en relación al impuesto a la renta y al patrimonio suscrito con Chile el 8.6.2001, aprobado mediante Resolución Legislativa N.º 27905(1), ratificado por Decreto Supremo N.º 005-2003-RE(2) y Protocolo Modificatorio (3) (en adelante, CDI Perú-Chile).
- Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, ratificada por el Decreto Supremo N.º 029-2000-RE, publicada el 21.9.2000 (en adelante, Convención de Viena). 1 Publicada el 6.1.2003. 2 Publicado el 17.1.2003. 3 Ratificado mediante Decreto Supremo N.º 006-2003-RE, publicado el 17.1.2003. INFORME N.º 000117-2023-SUNAT/7T0000 ASUNTO : Consulta institucional sobre el sentido y alcance de las normas tributarias. LUGAR : Lima, 28 de diciembre de 2023 Firmado electrónicamente por: GUILLERMO CESAR SOLANO MENDOZA INTENDENTE NACIONAL INTENDENCIA NACIONAL JURÍDICO TRIBUTARIA Fecha y hora: 28/12/2023 17:56 Vº Bº 7T2000 REG. 1082 ERNESTO JAVIER LOAYZA CAMACHO GERENTE 28/12/2023 17:57:48 2/8
Fuente: SUNAT.