Informe N.° 110-2020-SUNAT/7T0000 Código Tributario – Beneficiario final
La respuesta de SUNAT
Las Cajas Municipales de Ahorro y Crédito (CMAC) que en su condición de empresas del sistema financiero tengan como accionistas a la municipalidad provincial de su localidad y a una entidad no estatal de derecho público, cuyos accionistas sean las propias CMAC y la Federación Peruana de Cajas Municipales de Ahorro y Crédito, no se encuentran comprendidas en las excepciones previstas en el literal c) del párrafo 3.1 del artículo 3 del Decreto Legislativo N.° 1372.
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Se consulta si las Cajas Municipales de Ahorro y Crédito (CMAC), que en su condición de empresas del sistema financiero tengan como accionistas a la municipalidad provincial de su localidad y a una entidad no estatal de derecho público, cuyos accionistas son las propias CMAC y la Federación Peruana de Cajas Municipales de Ahorro y Crédito (FEPCMAC), se encuentran exceptuadas de la presentación de la declaración jurada de beneficiario final a la que hace referencia el Decreto Legislativo N.° 1372 ; considerando que , debido a la distribución de su accionariado , no resulta posible identificar a una person a natural que tenga la calidad de beneficiario final.
Artículos que interpreta
Base legal del informe 3 normas
- Decreto Legislativo N.° 1372, mediante el cual se regula la obligación de las personas jurídicas y/o entes jurídicos de informar la identificación de los beneficiarios finales, publicado el 2.8.2018 y norma modificatoria.
- Decreto Supremo N.° 003-2019-EF, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N.° 1372, publicado el 8.1.2019 (en adelante, Reglamento).
- Decreto de Urgencia N.° 025 -2020, que modifica la Ley del Impuesto a la Renta, la Ley N .º 30734, Ley que establece el derecho de las personas naturales a la devolución automática de los impuestos pagados o retenidos en exceso y el Decreto Legislativo N.° 1372; publicado el 12.12.2019.
Fuente: SUNAT.