Informe N.° 96-2012-SUNAT/4B0000 Venta de bienes del Anexo 2 a entidad del Sector Público/ Obligación de emitir factura
La respuesta de SUNAT
Tratándose de una entidad del Sector Público Nacional que adquiere bienes del Anexo 2 de la Resolución de Superintendencia N.° 183-2004/SUNAT, referida al SPOT:
Dicho Sistema no es aplicable si el proveedor es un contribuyente del Nuevo RUS, aun cuando el importe de la operación sea mayor a S/. 700,00.
Deberá aplicarse el SPOT si la operación está gravada con el IGV y su importe es superior a S/. 700,00; aun cuando se le emita un comprobante de pago que no permita sustentar crédito fiscal, saldo a favor del exportador o cualquier otro beneficio vinculado con la devolución del IGV, así como gasto o costo para efectos tributarios.
La mencionada entidad deberá requerir a su proveedor, contribuyente del Régimen General o Especial del Impuesto a la Renta, que le emita una factura en caso se encuentre comprendida bajo los alcances del Decreto Supremo N.° 027-2001-PCM y/o sea sujeto del IGV y tenga derecho al crédito fiscal.
La consulta Ver lo que se preguntó a SUNAT
Se consulta si cuando una entidad del Sector Público Nacional adquiere bienes del Anexo 2 de la Resolución de Superintendencia N.° 183 -2004/SUNAT, referida al Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias (SPOT), debe:
1. Aplicar dicho Sistema cuando el importe de la operación sea mayor a S/. 700,00 (Setecientos y 00/100 Nuevos Soles) y el proveedor sea un contribuyente del Nuevo Régimen Único Simplificado (Nuevo RUS).
2. Aplicar el SPOT en caso se le emita un comprobante de pago que no permita sustentar crédito fiscal, saldo a favor del exportador o cualquier otro beneficio vinculado con la devolución del I mpuesto General a las Ventas (IGV) , así como gasto o costo para efectos tributarios.
3. Requerir que se le emita factura cuando el importe de la operación sea mayor a S/. 700 ,00 (Setecientos y 00/100 Nuevos Soles) y el proveedor sea un contribuyente del Régimen General o Especial del Impuesto a la Renta.
Base legal del informe 3 normas
- Resolución de Superintendencia N.° 183 -2004/SUNAT, que establece normas para la aplicación del Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias, publicada el 15.8.2004, y normas modificatorias.
- Decreto Legislativo N.° 937 , Texto del Nuevo Régimen Único Simplificado, publicado el 14.11.2003, y normas modificatorias (en adelante, Ley del Nuevo RUS).
- Reglamento de Comprobantes de Pago, aprobado por la Resolución de Superintendencia N.° 007 -99/SUNAT, publicada el 24.1.1999, y normas modificatorias.
Fuente: SUNAT.