Informe N.° 15-2020-SUNAT/7T0000 Contratos de Construcción
La respuesta de SUNAT
El servicio de mantenimiento de pavimentos de obras de construcción, específicamente de aeropuertos, se encuentra comprendido en los alcances de la "Sección F – Construcción" de la Cuarta Revisión de la CIIU y, en consecuencia, se encuentran sujetos al SPOT como contratos de construcción, siéndoles de aplicación el porcentaje de detracción del 4%.
La consulta Ver lo que se preguntó a SUNAT
En relación con las normas que regulan la aplicació n del Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias (SPOT), se consulta si el servicio de mantenimiento de pavimentos de obras de construcción, específicament e de aeropuertos, se encuentra comprendido en los alcances de la “Secció n F – Construcción” de la Cuarta Revisión de la Clasificación Internacional I ndustrial Uniforme (CIIU) y, en consecuencia, sujeto a la tasa de 4% de detracción.
Base legal del informe 3 normas
- Texto Único Ordenado (TUO) del Decreto Legislativ o N.º 940 referente al SPOT, aprobado por Decreto Supremo N.º 155-2004-EF, publicado el 14.11.2004 y normas modificatorias.
- Resolución de Superintendencia N.º 183-2004/SUNAT , que aprueba normas para la aplicación del SPOT, publicada el 15.8.2004 y normas modificatorias.
- Texto Único Ordenado de la Ley del IGV e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo N.º 055-99-EF , publicado el 15.4.1999, y normas modificatorias (en adelante, TUO de la Ley del IGV).
Fuente: SUNAT.