Informe N.° 50-2014-SUNAT/4B0000 Ley de Promoción de Inversión en la Amazonía – Exoneración del IGV
La respuesta de SUNAT
A efectos de que un consorcio que lleva contabilidad independiente de la de sus socios o partes contratantes goce de la exoneración del Impuesto General a las Ventas prevista en el numeral 13.1 del artículo 13° de la Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, no resulta exigible la inscripción de estos últimos en las Oficinas Registrales de la Amazonía.
La consulta Ver lo que se preguntó a SUNAT
Se consulta si debe exigirse a los socios, consorci ados o partes integrantes de un consorcio con contabilidad independiente, su ins cripción en las Oficinas Registrales de la Amazonía a fin que se considere c umplido el requisito de inscripción en los Registros Públicos establecido e n el inciso b) del artículo 2° del Reglamento de las Disposiciones Tributarias con tenidas en la Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, a efectos que el consorcio goce de la exoneración del Impuesto General a las Ventas (I GV) prevista en el numeral 13.1 del artículo 13° de dicha Ley.
Artículos que interpreta
Base legal del informe 4 normas
- Ley N.° 27037, Ley de Promoción de la Inversión e n la Amazonía, publicada el 30.12.1998, y normas modificatorias (en adelante, Ley de la Amazonía).
- Reglamento de las Disposiciones Tributarias conte nidas en la Ley de la Amazonía, aprobado por el Decreto Supremo N.° 103-9 9-EF, publicado el 26.6.1999, y normas modificatorias (en adelante, Reglamento de la Ley de la Amazonía).
- Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo N.° 179-2004-EF, publicado el 8.12. 2004, y normas modificatorias (en adelante, TUO de la Ley del Impuesto a la Renta).
- Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto Gener al a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decr eto Supremo N.° 055- 99-EF, publicado el 15.4.1999, y normas modificator ias (en adelante, TUO de la Ley del IGV).
Fuente: SUNAT.