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SUNAT · Informe

Informe N.° 39-2014-SUNAT/4B0000 Primera venta de inmuebles realizada por el constructor

IGV Emitido: 25 de marzo de 2014

Conclusión

1. En caso no se llegue a celebrar el contrato definitivo por la primera venta de inmuebles realizada por el constructor, puede emitirse una nota de crédito respecto de la boleta de venta emitida por los pagos efectuados en calidad de arras, depósito o garantía gravadas con el IGV.

2. Las empresas inmobiliarias que perciban parte del precio por la venta de un inmueble deberán emitir un único comprobante por dicho importe, no pudiendo emitir un comprobante de pago por el terreno, y otro por la construcción.

Base legal del informe 3 normas

Fuente: SUNAT.

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