Informe N.° 14-2019-SUNAT/7T0000 Comprobantes de pago – Documentos autorizados
La respuesta de SUNAT
Los documentos autorizados regulados en el inciso d) del numeral 6.1 del artículo 4° del Reglamento de Comprobantes de Pago, pueden ser entregados u otorgados a través de medios electrónicos o informáticos que las empresas operadoras de servicios públicos de telecomunicaciones disponen para tal efecto, en lugar de una entrega en formato físico.
La consulta Ver lo que se preguntó a SUNAT
Se consulta si los recibos emitidos por concepto de servicios públicos de telecomunicaciones, que se encuentran bajo el contr ol del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) y del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL), a que se r efiere el inciso d) del numeral 6.1 del artículo 4° del Reglamento de Comprobantes de Pago, pueden ser entregados u otorgados a los usuarios a través de medios electrónicos o informáticos que las empresas operadoras de servici os públicos de telecomunicaciones disponen para tal efecto, en lug ar de una entrega en formato físico.
Artículos que interpreta
Base legal del informe 1 norma
Fuente: SUNAT.