Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Fomento del Empleo

EXCESO DEL PERIODO DE PRUEBAARTÍCULO 17º.-

El exceso del período de prueba que se pactara superando los seis meses o el año, en el caso de trabajadores calificados o de confianza, respectivamente, no surtirá efecto legal alguno.

Concordancias

D.S. N.° 003-97-TR (27.03.97), Art. 10º

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.