Oficio N.° 77-2012-SUNAT/200000 El tratamiento que corresponde dar a los ingresos derivados de un Contrato Administrativo de Servicios (CAS) es el de…
Conclusión
El tratamiento que corresponde dar a los ingresos derivados de un Contrato Administrativo de Servicios (CAS) es el de rentas de cuarta categoría.
Fuente: SUNAT.
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