Saltar al contenido
UIT 2026S/ 5,500IGV + IPM18%TIM0.90% mensualRMVS/ 1,230Dólar SunatS/ 3.46701/11Tasa BCRP4.25%sin cambioInflación4.55%anual sep
SUNAT · Informe

Informe N.° 178-2019-SUNAT/7T0000 Establecimiento Permanente – Entidades o empresas públicas

Impuesto a la Renta Emitido: 15 de noviembre de 2019 Publicado por SUNAT: 2 de diciembre de 2019

La respuesta de SUNAT

En el supuesto que una entidad o empresa pública perteneciente a un Estado extranjero preste servicios íntegramente ejecutados en el país, para un mismo proyecto o servicio, por un periodo mayor a ciento ochenta y tres (183) días en un período cualquiera de doce (12) meses, a favor de una entidad del sector público nacional:

1. La retribución pagada a la entidad o empresa pública perteneciente al Estado extranjero por la prestación en el país de tales servicios se encuentra gravada con el impuesto a la renta.

2. La entidad del sector público nacional no se encuentra obligada a efectuar la retención del impuesto a la renta por la renta de fuente peruana que pague o acredite a dicho establecimiento permanente, debiendo este último tributar el referido impuesto, en su calidad de contribuyente del mismo, conforme a lo establecido en el artículo 55° de la Ley del Impuesto a la Renta.

La consulta Ver lo que se preguntó a SUNAT

En el supuesto que una entidad o empresa pública perteneciente a un Estado extranjero preste servicios íntegramente ejecutados en el país, para un mismo proyecto o servicio, por un periodo mayor a ciento ochenta y tres (183) días en un período cualquiera de doce meses, a favor de una entidad del sector público nacional, se consulta:

1. ¿La retribución pagada a la entidad o empresa pública perteneciente al Estado extranjero por la prestación en el país de tales servicios se encuentra gravada con el Impuesto a la Renta?

2. De ser afirmativa la respuesta a la consulta anterior ¿ La entidad peruana se encuentra obligada a efectuar la retención del Impuesto a la Renta correspondiente a tales rentas?

Base legal del informe 2 normas

Fuente: SUNAT.

Informes relacionados

Impuesto a la RentaInforme N.° 33-2016-SUNAT/5D000022/02/2016 Impuesto a la Renta – Estabilidad Tributaria De suscribirse Convenios de Estabilidad Jurídica, al amparo de los Decretos Legislativos N.os 662 y 757, o contratos por los que se concede estabilidad tributaria al amparo de la Ley Orgánica de Hidr…
Impuesto a la RentaInforme N.° 45-2026-SUNAT/7T000003/07/2026 Rentas percibidas por trabajadores no domiciliados por el desarrollo del trabajo personal en el exterior En el supuesto de un servidor civil contratado para prestar servicios dentro del territorio nacional, bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo N.° 1057, que con posterioridad a la entrada en v…
Impuesto a la RentaInforme N.° 44-2026-SUNAT/7T000001/07/2026 Instrumentos financieros derivados – Prórroga de la fecha de vigencia En relación con el supuesto de un instrumento financiero derivado (IFD) que cumple los requisitos para ser considerado como uno con fines de cobertura, mediante el cual se busca eliminar, atenuar o e…
Impuesto a la RentaInforme N.° 43-2026-SUNAT/7T000016/06/2026 Impuesto a la Renta – Amazonía En el supuesto de una empresa ubicada en la Amazonía, dedicada principalmente al procesamiento o transformación de castaña –que comprende el pelado, horneado, selección y empaque– para su posterior v…
Impuesto a la RentaInforme N.° 42-2026-SUNAT/7T000016/06/2026 Otros métodos de precios de transferencia Los otros métodos de valoración de precios de transferencia establecidos en el numeral 7 del inciso e) del artículo 32-A de la Ley del Impuesto a la Renta, por el Decreto Legislativo N.° 1663, son ap…

Ver todos los informes sobre Impuesto a la Renta