Informe N.° 173-2019-SUNAT/7T0000 Responsabilidad solidaria
La respuesta de SUNAT
1. La expresión "real disminución de su patrimonio", que fue utilizada en el Informe N.° 097-2019-SUNAT/7T0000 para analizar en qué se fundamenta la atribución de responsabilidad solidaria por la transferencia de activos, no alude al reflejo contable de dicha transferencia en el balance general de la entidad transferente.
2. La verificación de una "real disminución en el patrimonio" del transferente debe ser entendida como el efecto económico que se produce en este debido a que el hecho de despojarse del activo repercute en la generación de recursos económicos que le permiten cumplir con sus obligaciones tributarias, lo que no ocurriría con la transferencia de cualquier bien, sino -como ya se ha señalado- con la transferencia de unidades de producción o líneas de negocio, por ejemplo.
La consulta Ver lo que se preguntó a SUNAT
Se formulan las siguientes consultas:
1. ¿La expresión “real disminución de su patrimonio”, que fue utilizada en el Informe N.° 097 -2019-SUNAT/7T0000(1) para analizar en qué se fundamenta la atribución de responsabilidad solidaria por la transferencia de activos, significa que luego de efectuada la transferencia debe reflejarse dicha disminución patrimonial en la cuenta patrimonio del balance general de la ent idad transferente?
2. De no ser el caso ¿ qué criterios debe tenerse en cuenta para la verificación de una “real disminución en el patrimonio” del transferente?
Base legal del informe 1 norma
Fuente: SUNAT.