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SUNAT · Informe

Informe N.° 169-2019-SUNAT/7T0000 Cesión de Posición Contractual – Contrato de Licencia para la exploración y explotación de Hidrocarburos

IGV Emitido: 30 de octubre de 2019 Publicado por SUNAT: 29 de noviembre de 2019

La respuesta de SUNAT

1. La cesión de posición contractual a título oneroso en un Contrato de Licencia para la exploración y explotación de hidrocarburos está gravada con el Impuesto General a las Ventas.

2. De acuerdo con lo regulado por el Reglamento de la Garantía de Estabilidad Tributaria y de las Normas Tributarias de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, el ingreso que un contratista pudiera obtener por la cesión de posición contractual en el Contrato de Licencia para la exploración y explotación de hidrocarburos califica como ingreso atribuible al concepto "Otras Actividades" definido en dicho reglamento.

La consulta Ver lo que se preguntó a SUNAT

Se consulta lo siguiente:

1. ¿La cesión de posición contractual a título oneroso en un Contrato de Licencia para la exploración y explotación de hidrocarburos está gravada con el Impuesto General a las Ventas (IGV)?

2. Si de acuerdo con lo regulado en el Reglamento de la Garantía de Estabilidad Tributaria y de las Normas Tributarias de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, el ingreso que un contratista pudiera obtener por la cesión de posición contractual en el Contrato de Licencia para la exploración y explotación de hidrocarburos califica como ingreso atribuible al concepto “Actividades de Contr ato” o al de “Otras Actividades” definidos en el referido reglamento.

Base legal del informe 4 normas

Fuente: SUNAT.

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