Informe N.° 162-2019-SUNAT/7T0000 Impuesto a la Renta de segunda categoría – Comunidades campesinas
La respuesta de SUNAT
La renta que no califica como de tercera categoría generada por la transferencia de predios efectuada por comuneros, a quienes, conforme a ley, previamente la comunidad campesina a la cual pertenecen les adjudicó estos (que eran terrenos de la comunidad y no de terceros) mediante documento fehaciente que acredita dicha transferencia, otorgado a partir del 1.1.2004, se encuentra gravada con el impuesto a la renta de segunda categoría, en tanto dichos predios no califiquen como casa habitación; ello aun cuando respecto de tales predios aquellos cuenten, además, con documentos públicos o privados de fecha anterior a la antes indicada, otorgados por terceros.
La consulta Ver lo que se preguntó a SUNAT
Tratándose de predios pertenecientes a comunidades campesinas, se consulta si se encuentra gravada con el impuesto a la renta de segunda categoría la renta generada por la transferencia de dichos predios efectuada por comuneros que no generan rentas de tercera categoría, a quienes, conforme a ley, previamente la comunidad a la que p ertenecen les adjudicó estos mediante documento fehaciente que acredita tal transferencia otorgado a partir del 1.1.2004 , en el supuesto que, respecto de los mencionados predios, aquellos cuentan, además, con documentos públicos o privados de adquisición de los mismos de fecha anterior a la antes indicada, otorgados por terceros.
Base legal del informe 3 normas
- Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo N.° 179 -2004-EF, publicado el 8.12.2004 y normas modificatorias (en adelante, “LIR”).
- Ley N.° 24657, que declara de necesidad nacional e interés social el deslinde y titulación del territorio de las Comunidades Campesinas, publicada el 14.4.1987 y normas modificatorias.
- Ley N.° 26505, Ley de inversión privada en el desarrollo de las actividades económicas en las tierras del territorio nacional y de las comunidades campesinas y nativas, publicada el 18.7.1995 y normas modificatorias.
Fuente: SUNAT.