Informe N.° 109-2016-SUNAT/5D0000 Fideicomisos de Titulización
La respuesta de SUNAT
En relación con el supuesto de un fideicomiso de titulización constituido o establecido en el país, que para canalizar inversiones al exterior promueve previamente una oferta pública o privada para la colocación de bonos estructurados, siendo que dichas inversiones generan renta gravada de fuente extranjera, se puede afirmar que:
1. Los intereses generados por los bonos estructurados califican para su beneficiario como renta de fuente peruana.
2. Para efectos de la determinación de la renta neta de fuente extranjera que será atribuida a los respectivos contribuyentes del impuesto a la renta, son deducibles los gastos financieros generados por los intereses de los bonos estructurados emitidos en el país.
La consulta Ver lo que se preguntó a SUNAT
Se plantea el supuesto de un fideicomiso de tituliz ación constituido o establecido en el país, que para canalizar inversio nes al exterior promueve previamente una oferta pública o privada para la co locación de bonos estructurados( 1), siendo que dichas inversiones generan renta grav ada de fuente extranjera. Al respecto, se formula las siguientes consultas:
1. ¿Los intereses de los bonos estructurados califi can para su beneficiario como renta de fuente peruana, aun cuando tales inte reses se encuentren directamente relacionados con las inversiones en el exterior?
2. ¿Puede la sociedad titulizadora, a efectos de es tablecer la renta neta atribuible de fuente extranjera a favor de contribu yentes domiciliados en el país, deducir los gastos financieros generados por los intereses de los bonos estructurados colocados en el país?
Base legal del informe 3 normas
- Texto Único Ordenado de la Ley de Mercado de Valo res, aprobado por el Decreto Supremo N.° 093-2002-EF, publicado el 15.6. 2002 y normas modificatorias (en adelante, LMV).
- Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo N.° 179-2004-EF, publicado el 8.12. 2004 y normas modificatorias (en adelante, la LIR).
- Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, apr obado por el Decreto Supremo N.° 122-94-EF, publicado el 21.9.1994 y normas modificatorias (en adelante, Reglamento de la LIR).
Fuente: SUNAT.