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SUNAT · Informe

Informe N.° 109-2012-SUNAT/4B0000 Documento de atribución en contratos de colaboración empresarial sin contabilidad independiente

IGV Emitido: 14 de noviembre de 2012

La respuesta de SUNAT

La empresa autorizada a explotar máquinas tragamonedas, y que tiene la calidad de operador de un contrato de colaboración empresarial que no lleva contabilidad independiente, celebrado con empresas (persona natural o jurídica) que se dedican únicamente a la comercialización de dichas máquinas, no está obligada a emitir y entregar a esta última empresa el documento de atribución a que se refiere la Resolución de Superintendencia N.° 022-98-SUNAT, por los ingresos que le correspondan con motivo de su participación en el contrato.

La consulta Ver lo que se preguntó a SUNAT

Se plantea el supuesto de empresas (persona natural o jurídica) que se dedican únicamente a la comercialización de máquinas tragam onedas y que celebran contratos asociativos de colaboración empresarial q ue no llevan contabilidad independiente con empresas autorizadas expresamente por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR a explotar máquinas tragamonedas. Al respecto, se consulta si la empresa autorizada a explotar las máquinas tragamonedas, y que tiene la calidad de operador de l contrato, está obligada a emitir y entregar el documento de atribución a que se refi ere la Resolución de Superintendencia N.° 022-98-SUNAT a la empresa dedi cada únicamente a la comercialización de dichas máquinas, por los ingres os que le correspondan con motivo de su participación en el contrato.

Base legal del informe 3 normas
  • Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto Genera l a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supre mo N.° 055-99-EF, publicado el 15.4.1999, y normas modificatorias (en adelante, TUO de la Ley del IGV).
  • Reglamento de la Ley del Impuesto General a las Ve ntas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo N.° 029-94 -EF, publicado el 29.3.1994, y normas modificatorias (en adelante, Reglamento de la Ley del IGV).
  • Resolución de Superintendencia N.° 022-98-SUNAT, q ue aprueba normas sobre documentos que contribuyentes utilicen para atribuc ión del crédito fiscal y/o del gasto o costo para efecto tributario, publicada el 11.2.1998.

Fuente: SUNAT.

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