Saltar al contenido
UIT 2026S/ 5,500IGV + IPM18%TIM0.90% mensualRMVS/ 1,230Dólar SunatS/ 3.46701/11Tasa BCRP4.25%sin cambioInflación4.55%anual sep
SUNAT · Informe

Informe N.° 107-2020-SUNAT/7T0000 Código Tributario – Beneficiario final

Código Tributario Emitido: 30 de octubre de 2020 Publicado por SUNAT: 21 de diciembre de 2020

La respuesta de SUNAT

1. Las empresas de derecho público creadas por ley, cuyo único accionista es el Estado Peruano, se encuentran exceptuadas de presentar el Formulario Virtual N.° 3800 – Declaración del Beneficiario Final.

2. Si las empresas de derecho público creadas por ley son accionistas, a su vez, de una sociedad anónima constituida y domiciliada en el país, la declaración del beneficiario final de dicha sociedad anónima debe considerar la información sobre el beneficiario final de las empresas de derecho público que son sus accionistas.

La consulta Ver lo que se preguntó a SUNAT

En relación con el Decreto Legislativo N.° 1372 y su Reglamento, se formulan las siguientes consultas:

1. ¿Las empresas de derecho público creadas por ley, cuyo único accionista es el Estado Peruano, tienen la obligación de presentar el “Formulario Virtual N.° 3800 – Declaración del Beneficiario Final” considerando que no es posible identificar a una persona natural que efectiva y finalmente posea o controle a personas jurídicas o entes jurídicos ? De ser así, ¿a quién se tendría que reportar como beneficiario final al directorio, consejo de supervisión o al gerente general?

2. Si las empresas de derecho público creadas por ley son accionistas, a su vez, de sociedades anónimas constituidas y domiciliadas en el país, ¿corresponde la declaración del beneficiario final a la sociedad anónima de la que es accionista la empresa de derecho público creada por ley?

Base legal del informe 3 normas

Fuente: SUNAT.

Informes relacionados

Código TributarioInforme N.° 37-2026-SUNAT/7T000008/06/2026 Boletos aéreos – Declaración jurada informativa 1. Las Compañías de Aviación Comercial inscritas en el RUC solo deben informar los Boletos de Transporte Aéreo que hubieran emitido en el mes por los servicios de transporte aéreo de pasajeros, tanto…
Código TributarioInforme N.° 69-2025-SUNAT/7T000010/06/2025 Embargo en forma de retención El ejecutor coactivo puede ordenar a una entidad que ejecute un embargo en forma de retención sobre el importe adeudado al integrante de un consorcio comprendido en un procedimiento de cobranza coact…
Código TributarioInforme N.° 47-2025-SUNAT/7T000002/05/2025 Embargo en forma de retención sobre cuenta detracciones - Imputación No resulta viable que se pueda imputar el importe retenido de una cuenta de detracciones por un embargo en forma de retención trabado en el marco de un procedimiento de cobranza coactiva, a una deuda…
Código TributarioInforme N.° 28-2025-SUNAT/7T000027/02/2025 Fraccionamiento Especial - Acogimiento 1. Si en un procedimiento en el cual se hubiere impugnado varios valores, el contribuyente opta por acoger al Fraccionamiento Especial (FE) solo uno de ellos, se entiende que el desistimiento es únic…
Código TributarioInforme N.° 8-2025-SUNAT/7T000017/01/2025 Multa por infracción prevista en el numeral 1 del artículo 178 del Código Tributario Si un contribuyente que declaró cifras o datos falsos que le permitieron determinar un saldo a favor correspondiéndole un tributo por pagar, hubiera obtenido la devolución del saldo a favor indebidam…

Ver todos los informes sobre Código Tributario