Informe N.° 93-2015-SUNAT/5D0000 Rentas por obligaciones de no hacer
La respuesta de SUNAT
1. En el caso de una persona natural domiciliada en el Perú que siendo accionista mayoritario en una sociedad constituida en el país que realiza actividad empresarial, transfiere sus acciones a favor de una persona jurídica extranjera; la renta obtenida en cumplimiento del Convenio de Obligación de No Hacer que suscribe, y por el que recibirá una compensación económica por una sola vez, a cambio de no invertir en acciones y/o participaciones representativas del capital social de personas jurídicas domiciliadas en el Perú que compitan, directa o indirectamente, con los negocios que realiza la sociedad cuyas acciones transfiere, durante un plazo determinado, califica como renta de tercera categoría.
2. La tasa del Impuesto a la Renta aplicable actualmente a la renta generada por el cumplimiento de la obligación de no hacer a que se refiere el numeral precedente es del 28%.
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Se plantea el supuesto de u na persona natural domiciliada en el Perú que siendo accionista mayoritario de una sociedad constituida en el país que realiza actividad empresarial, transfiere sus acciones a favor de una persona jurídica extranjera; y que suscribe un Convenio de O bligación de No Hacer por el que recibirá una compensación económica por una sola vez, a cambio de no invertir en acciones y/o participaciones representativas del capital social de personas jurídicas domiciliadas en el Perú que compitan, directa o indirectamente, con los negocios que realiza la sociedad cuyas acciones transfiere , durante un plazo determinado. Dicho convenio no incluye restricción alguna para que la persona natural pueda realizar todo tipo de actividades empresariales ni comprende limitaciones para que pueda prestar servicios personales de algún tipo, sea bajo la modalidad dependiente o independiente. Al respecto, se consulta lo siguiente:
1. ¿Qué categoría tendrá la renta obt enida como contraprestación por asumir la referida obligación de no hacer?
2. ¿Cuál es la tasa del Impuesto a la Renta aplicable?
Base legal del informe 1 norma
Fuente: SUNAT.