Informe N.° 67-2024-SUNAT/7T0000 Utilización de medios de pago
La respuesta de SUNAT
Para efecto de lo dispuesto en el artículo 5-A del Texto Único Ordenado de la Ley para la Lucha contra la Evasión y para la Formalización de la Economía, aprobado por el decreto supremo N.° 150-2007-EF, califica como tercero el representante designado por un acreedor, proveedor de bienes o prestador de servicios, cuya representación, inscrita en Registros Públicos, lo faculta a recibir los pagos originados en las transacciones realizadas por dicho acreedor, proveedor o prestador y, en consecuencia, tal designación debe comunicarse a la SUNAT en forma previa a la realización de los pagos(1).
_____________________________________________________________________ 1 Cabe indicar que de conformidad con la cuarta disposición complementaria final del decreto legislativo N.° 1529, en tanto no se señale la forma y condiciones en las que se efectuará la comunicación a que se refiere el citado artículo 5-A, dicha comunicación deberá presentarse en las dependencias de la SUNAT o a través de la mesa de partes virtual de esta.
La consulta Ver lo que se preguntó a SUNAT
Se consulta si para efecto de lo dispuesto en el artículo 5-A de la Ley para la Lucha contra la Evasión y para la Formalización de la Economía, califica como tercero el representante designado por un acreedor, proveedor de bien es o prestador de servicio s, cuya representación, inscrita en Registros Públicos, lo faculta a recibir los pagos originados en las transacciones realizadas por dicho acreedor, proveedor o prestador y si, en consecuencia , tal designación debe comunicarse a la SUNAT en forma previa a la realización de los referidos pagos.
Base legal del informe 2 normas
- Texto único ordenado de la ley n.° 28194, Ley para la Lucha contra la Evasión y para la Formalización de la Economía, aprobado por el decreto supremo n.° 150-2007-EF, publicado el 23.9.2007 y normas modificatorias (en adelante, “ley de medios de pago”).
- Código Civil, aprobado por el decreto legislativo n.° 295, publicado el 25.7.1984 y normas modificatorias.
Fuente: SUNAT.