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SUNAT · Informe

Informe N.° 44-2012-SUNAT/4B0000 Exoneración aplicable a un contribuyente sometido a un Procedimiento Concursal Ordinario

ITAN Emitido: 14 de mayo de 2012

La respuesta de SUNAT

Se mantiene exonerado del ITAN aquel contribuyente respecto del cual la Junta de Acreedores del Procedimiento Concursal Ordinario al que se encuentra sometido, opta inicialmente por su disolución y liquidación, y al año siguiente cambia su destino decidiendo la reestructuración patrimonial, en tanto se trata del mismo Procedimiento Concursal Ordinario.

La consulta Ver lo que se preguntó a SUNAT

Se consulta si tratándose de un contribuyente somet ido a un Procedimiento Concursal Ordinario, respecto del cual la Junta de Acreedores optó en un primer momento por la disolución y liquidación y al año siguiente cambia su decisión sobre el destino del contribuyente, a un p roceso de reestructuración patrimonial ¿dicho contribuyente continuaría exoner ado del Impuesto Temporal a los Activos Netos en aplicación del inciso c) del artículo 3° de la Ley N.° 28424?

Base legal del informe 2 normas

Fuente: SUNAT.

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