Informe N.° 30-2015-SUNAT/5D0000 Inafectación a las donaciones
La respuesta de SUNAT
Lo establecido por el artículo 4° del Reglamento para la inafectación del IGV, ISC y derechos arancelarios a las donaciones, aprobado por el Decreto Supremo N.° 096-2007-EF, resulta aplicable respecto de aquellas donaciones de bienes ubicados en el territorio nacional, efectuadas a las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) e Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA). Para efecto de cumplir con lo dispuesto en el citado artículo, se deberá determinar en cada caso en particular la documentación que, estando detallada en este, corresponda dependiendo de si se trata de donaciones de bienes ubicados en el territorio nacional o de bienes que deban importarse.
La consulta Ver lo que se preguntó a SUNAT
Se formulan las siguientes consultas:
1. ¿Lo establecido por el artículo 4° del Reglamento que regula la Inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV), Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) y derechos arancelarios a las Donaciones, resulta aplicable respecto de aquellas donaciones de bienes ubicados en el territorio nacional, efectuadas a las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) e Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA)?
2. En caso la respuesta a la pregunta anterior sea afirmativa. ¿Cuáles son los requisitos que deben ser presentado s por los administrados que obtienen donaciones de bienes ubicados en el territorio nacional a fin de obtener el beneficio tributario considerado en el Reglamento, teniendo en cuenta que dentro de los requisitos contemplados en dicha norma se encuentran la presentación del documento de transporte y la indicación de la aduana por la que se realizará el trámite de despacho de la donación?
Base legal del informe 1 norma
- Reglamento para la Inafectación del IGV, ISC y derechos arancelarios a las Donaciones, aprobado por el Dec reto Supremo N.° 096 -2007-EF, publicado el 12.7.2007 (en adelante, Reglamento de donaciones).
Fuente: SUNAT.