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SUNAT · Informe

Informe N.° 26-2024-SUNAT/7T0000 Para efecto de la obligación de la SUNAT prevista en el numeral 4 del artículo 86 del Reglamento de la Ley del Impuesto…

Impuesto a la Renta Emitido: 10 de abril de 2024 Publicado por SUNAT: 30 de mayo de 2024

La respuesta de SUNAT

Para efecto de la obligación de la SUNAT prevista en el numeral 4 del artículo 86 del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, consistente en remitir anualmente al Ministerio de Economía y Finanzas la lista de países o territorios que hayan cumplido e incumplido con el intercambio de información, o lo hayan cumplido de forma limitada; así como los casos en los que haya detectado ausencia de transparencia a nivel legal, reglamentario o de funcionamiento administrativo señalados en el inciso b) del numeral 1 del primer párrafo del mismo artículo, se tiene que:

1. La referencia al intercambio de información comprende las modalidades de intercambio a solicitud, automático y espontáneo.

2. La ausencia o falta de transparencia a nivel legal, reglamentario o de funcionamiento administrativo en un determinado país o territorio implica que un país o territorio guarde reservas (secreto) en torno a:

- El sistema tributario aplicable en su jurisdicción.

- La información de los sujetos que operan en su jurisdicción.

- Las transacciones efectuadas por los sujetos que operan en su jurisdicción. Y que, como consecuencia, las administraciones tributarias de otras jurisdicciones no puedan acceder a dicha información, facilitando con ello la elusión o evasión tributaria internacional.

La consulta Ver lo que se preguntó a SUNAT

Para efecto de la obligación de la SUNAT prevista en el numeral 4 del artículo 86 del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, consistente en remitir anualmente al Ministerio de Economía y Finanzas la lista de países o territorios que hayan cumplido e incumplido con el intercamb io de información, o lo hayan cumplido de forma limitada ; así como los casos en los que haya detectado ausencia de transparencia a nivel legal, reglamentario o de funcionamiento administrativo señalados en el inciso b) del numeral 1 del primer párrafo del mismo artículo, se realizan las siguientes consultas:

1. ¿La referencia a intercambio de información comprende las modalidades de intercambio a solicitud, espontáneo y automático establecidas por el Código Tributario y la Convención sobre Asistencia Administ rativa Mutua en Materia Fiscal?

2. ¿Qué implica la ausencia de transparencia a nivel legal, reglamentario o de funcionamiento administrativo?

Base legal del informe 3 normas

Fuente: SUNAT.

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