Informe N.° 26-2019-SUNAT/7T0000 Beneficio Tributario de Deducción Adicional otorgado por la Ley N.° 30309
La respuesta de SUNAT
En relación con la Ley N.° 30309, Ley que promueve la Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación Tecnológica (I+D+i):
1. Los montos obtenidos por los contribuyentes que perciben rentas de tercera categoría por el financiamiento de proyectos I+D+i por parte del Fondo de Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica, que son destinados a la ejecución del proyecto y/o a la adquisición de equipos para el desarrollo de este, constituyen ingresos para dichos contribuyentes que no califican como renta gravada con el impuesto a la renta.
2. Los contribuyentes acogidos al Régimen MYPE Tributario previsto en el Decreto Legislativo N.° 1269 pueden acogerse a la deducción adicional a que se refiere la Ley N.° 30309 por gastos de I+D+i, incluyendo la depreciación de los bienes utilizados en proyectos de I+D+i, siempre que dichos contribuyentes cumplan con los requisitos establecidos para tal efecto en esta ley.
3. En el supuesto que un contribuyente desarrolle un proyecto de I+D+i a través de un centro de I+D+i, la retribución a este por el servicio de desarrollar el proyecto en cuestión, adicional a los gastos incurridos en su realización, constituye para la empresa usuaria del referido servicio gasto directamente asociado al desarrollo de dicho proyecto, y también debe tenerse en cuenta para el cálculo de la deducción adicional del 75% o 50% de dicho gasto, según corresponda.
4. Los beneficios laborales de los trabajadores que laboran en el desarrollo de un proyecto de I+D+i, serán considerados gastos de I+D+i en la medida que dichos gastos sean otorgados por la prestación de servicios directamente relacionados con el desarrollo del proyecto de I+D+i.
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Se formula diversas consultas vinculadas a la Ley N.° 30309, Ley que promueve la Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación Tecnológica (en adelante, I+D+i).
Base legal del informe 8 normas
- Ley N.° 30309, Ley que promueve la Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación Tecnológica, publicada el 13.3.2015.
- Reglamento de la Ley N.° 30309, aprobado por el Decreto Supremo N.° 188- 2015-EF, publicado el 12.7.2015.
- Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley N.° 28303, Ley Marco de la Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, aprobado por Decreto Supremo N.° 032-2007-ED, publicado el 18.12.2007 y norma modificatoria.
- Ley N.° 30372, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, publicada el 6.12.2015.
- Decreto Legislativo N.° 1269, que crea el Régimen MYPE Tributario del Impuesto a la Renta, publicado el 20.12.2016 (en adelante, “Ley del RMT”).
- Reglamento del Decreto Legislativo N.° 1269, que crea el Régimen MYPE Tributario del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo N.° 403- 2016-EF, publicado el 31.12.2016 (en adelante, “Reglamento del RMT”).
- Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo N.° 179 -2004-EF, publicado el 8.12.2004 y normas modificatorias (en adelante, “LIR”).
- Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo N.° 122-94-EF, publicado el 21.9.1994 y normas modificatorias (en adelante, “Reglamento de la LIR”).
Fuente: SUNAT.