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SUNAT · Informe

Informe N.° 26-2015-SUNAT/5D0000 Exoneración primera venta de inmuebles por constructor

IGV Emitido: 16 de febrero de 2015

La respuesta de SUNAT

Tratándose de la exoneración del Impuesto General a las Ventas en la primera venta de inmuebles efectuada por el constructor de los mismos, prevista en el literal b) del Apéndice I de la Ley de dicho lmpuesto, a efectos de establecer si el valor de venta del inmueble supera o no las 35 Unidades Impositivas Tributarias debe considerarse el valor del terreno como parte de dicho valor.

La consulta Ver lo que se preguntó a SUNAT

Tratándose de la exoneración prevista en el literal b) del Apéndice I de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo se consulta si a efectos de establecer si el valor de venta del inmueble vendido por el constructor del mismo no supera las 35 U nidades Impositivas Tributarias (UIT) debe considerarse como parte de dicho valor el valor del terreno.

Base legal del informe 2 normas

Fuente: SUNAT.

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