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SUNAT · Informe

Informe N.° 25-2023-SUNAT/7T0000 IGV – Operaciones gravadas

IGV Emitido: 13 de marzo de 2023 Publicado por SUNAT: 15 de marzo de 2023

La respuesta de SUNAT

1. El servicio de abastecimiento gratuito de agua para consumo humano prestado por las Empresas Prestadoras de Servicios (EPS), mediante camiones cisterna, a favor de la población sin acceso a los servicios de saneamiento, establecido en el Decreto de Urgencia N.º 084- 2021, no se encuentra gravado con el IGV.

2. El IGV pagado por las EPS por el arrendamiento de camiones cisterna para prestar el servicio de abastecimiento gratuito de agua para consumo humano establecido en el Decreto de Urgencia N.º 084-2021, calificará como costo o gasto para la determinación del Impuesto a la Renta de dichas EPS en tanto se cumpla con los requisitos previstos por las disposiciones que regulan este impuesto.

La consulta Ver lo que se preguntó a SUNAT

Se formula las siguientes consultas sobre el servicio de abastecimiento gratuito de agua para consumo humano prestado por las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento (EPS), mediante camiones cisterna , a favor de la población sin acceso a los servicios de saneamiento , establecido en el Decreto de Urgencia N.º 084-2021:

1. ¿El referido servicio se encuentra gravado con el Impuesto General a las Ventas (IGV)?

2. ¿El IGV pagado por las EPS por el arrendamiento de camiones cisterna para prestar el servicio de abastecimiento gratuito d e agua para consumo humano establecido en el Decreto de Urgencia N.º 084-2021, constituye para estas crédito fiscal o costo o gasto según el T exto Único Ordenado de la Ley del IGV e Impuesto Selectivo al Consumo?

Base legal del informe 2 normas

Fuente: SUNAT.

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