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SUNAT · Informe

Informe N.° 13-2022-SUNAT/7T0000 Prestación de servicios de salud por entidad pública

IGV Emitido: 23 de febrero de 2022 Publicado por SUNAT: 26 de abril de 2022

La respuesta de SUNAT

La prestación de servicios de salud por parte de una Institución Prestadora de Servicios de Salud (IPRESS) pública a una Institución de Fondos de Aseguramiento en Salud pública o privada en el marco de un Convenio de Intercambio Prestacional en Salud se encuentra gravada con el Impuesto General a las Ventas (IGV); en cuyo caso, la IPRESS pública es sujeto del IGV por la prestación de dichos servicios.

La consulta Ver lo que se preguntó a SUNAT

¿Las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) públicas son sujetos del Impuesto General a las Ventas (IGV) por la prestación de servicios de salud a las Instituciones de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS) públicas y a las IAFAS privadas?

Base legal del informe 6 normas

Fuente: SUNAT.

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