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SUNAT · Informe

Informe N.° 13-2018-SUNAT/7T0000 Inafectación a universidades

IGV Emitido: 6 de febrero de 2018 Publicado por SUNAT: 20 de febrero de 2018

La respuesta de SUNAT

La importacón de mercancías que realizan las universidades, cuando aquellas son utilizadas indistintamente para fines de enseñanza como para los servicios prestados a terceros a través de sus centros de produccón de bienes y servicios constituidos en el marco del artículo 54° de la Ley Universitaria, no está inafecta del Impuesto General a las Ventas.

La consulta Ver lo que se preguntó a SUNAT

Se consulta si está inafecta del Impuesto General a las Ventas (IGV) la importación de mercancías que realizan las universidades cuando son utilizadas indistintamente para fines de enseñanza como para los servicios prestados a terceros a través de sus centros de producción de bienes y servicios constituidos en el marco del artículo 54° de la Ley N.° 30220, Ley Universitaria.

Base legal del informe 5 normas

Fuente: SUNAT.

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