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SUNAT · Informe

Informe N.° 1-2016-SUNAT/5D0000 Prorrata del Crédito Fiscal

IGV Emitido: 5 de enero de 2016 Publicado por SUNAT: 2 de febrero de 2016

La respuesta de SUNAT

Cuando la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N.° 266-2015-EF hace referencia a que las disposiciones previstas en dicha norma serán aplicables a las adquisiciones que se efectúen a partir del 1.10.2015, ello incluye, para el caso de utilización de servicios, aquellos comprobantes de pago emitidos por sujetos no domiciliados por los cuales se pagó el Impuesto General a las Ventas a partir del 1.10.2015, aun cuando estos hayan sido emitidos con anterioridad a dicha fecha.

La consulta Ver lo que se preguntó a SUNAT

Se consulta si cuando la Segunda Disposición Complementaria Final (DCF) del Decreto Supremo N.° 266-2015-EF hace referencia a que lo dispuesto en dicha norma será aplicable a las adquisiciones que se efectúen a partir del 1.10.2015, ello incluye, para el caso de utilización de servicios , aquellos comprobantes de pago emitidos por sujetos no domiciliados por los cuales se pagó el Impuesto General a las Ventas a partir del 1.10.2015, aun cuando estos hayan sido emitidos con anterioridad a dicha fecha.

Base legal del informe 4 normas

Fuente: SUNAT.

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