Procedimiento del canal de denuncias e investigación interna, con formulario de denuncia e informe final
Procedimiento con el contenido mínimo que exige el Reglamento de la Ley N° 30424: conductas denunciables, canales, protección del denunciante, investigación, plazos, formulario e informe.
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Cuándo y cómo usarlo
Úsalo para implementar el canal de denuncias del modelo de prevención: cómo se reciben las denuncias, quién las investiga, en qué plazos y cómo se protege al denunciante.
Define los canales (correo exclusivo, formulario web, teléfono o un tercero) y quién investiga. Idealmente, quien investiga no es quien sanciona.
Difúndelo entre trabajadores, directivos y socios comerciales, y capacítalos al menos una vez al año.
Datos que debes completar
- Razón social
- Correo
- Enlace
- Dirección
- Teléfono
- Detalle
Vista previa del modelo
PROCEDIMIENTO DEL CANAL DE DENUNCIAS E INVESTIGACIÓN INTERNA
[RAZÓN SOCIAL]
1. QUÉ SE PUEDE DENUNCIAR
• Ofrecimientos, pedidos o pagos indebidos a funcionarios públicos o a trabajadores de otras empresas.
• Fraude, apropiación de bienes, facturas falsas, contabilidad paralela o manipulación de registros.
• Operaciones sospechosas de lavado de activos o contrabando.
• Conflictos de interés no declarados y regalos fuera de la política.
• Incumplimientos del Código de Ética o debilidades del modelo de prevención.
• [Otros: hostigamiento sexual (que sigue su propio procedimiento legal), discriminación, seguridad.]
2. CANALES
CanalDatosAdministrado por
Correo exclusivo[correo][Encargado de prevención / tercero]
Formulario web[enlace][ ]
Teléfono o WhatsApp[número][ ]
Presencial o por escrito[dirección], en sobre cerrado dirigido al encargado de prevención[ ]
Encargado de prevención: [nombre], [correo], [teléfono]. Responsable de investigar: [nombre / comité / asesor externo], [correo], [teléfono].
3. PROTECCIÓN DEL DENUNCIANTE
• Se aceptan denuncias anónimas.
• La identidad del denunciante y el contenido de la denuncia son confidenciales; solo los conocen quienes investigan.
• Está prohibida toda represalia, discriminación o sanción contra quien denuncie de buena fe o colabore en la investigación. Quien tome represalias será sancionado.
• Las denuncias falsas hechas de mala fe son una falta.
• [Incentivos: la Empresa podrá reconocer a quienes denuncien de buena fe hechos que se confirmen, según [detalle].]
4. INVESTIGACIÓN
EtapaResponsablePlazo
Registro de la denuncia y acuse de recibo (si hay contacto)Encargado de prevención3 días hábiles
Evaluación preliminar: ¿es verosímil y está dentro del alcance?Encargado de prevención10 días hábiles
Investigación: revisión de documentos, entrevistas, descargos del investigadoInvestigador[30] días hábiles, prorrogables
Informe final con hechos, pruebas, conclusiones y recomendacionesInvestigadorAl cierre
Decisión y medidas disciplinarias o correctivas (si el investigado es trabajador, se aplican según el Reglamento Interno de Trabajo y, en caso de despido, con el procedimiento del art. 31 del TUO del D. Leg. N° 728, respetando la inmediatez)[Gerencia General / Directorio][10] días hábiles
Comunicación del resultado al denunciante (en términos generales)Encargado de prevenciónAl cierre
Durante la investigación: se respeta el derecho de defensa del investigado, que conoce los hechos y presenta descargos; se preservan las evidencias; se pueden adoptar medidas cautelares (por ejemplo, retirar accesos); y, si quien está implicado es la gerencia o el propio encargado, la investigación la conduce [el Directorio / un asesor externo]. Si hay indicios de delito, la Empresa evaluará comunicarlo al Ministerio Público.
FORMULARIO DE DENUNCIA
DatoRespuesta
¿Desea identificarse? (opcional)[ ] Sí: nombre y contacto: ______ [ ] No, denuncia anónima
¿Qué ocurrió?
¿Quiénes participaron? (nombres o cargos)
¿Cuándo y dónde?
¿Cómo lo supo?
¿Hay pruebas o testigos? (adjunte lo que tenga)
¿Lo comunicó antes a alguien?
MODELO DE INFORME FINAL DE INVESTIGACIÓN
1. Número de denuncia, fecha de recepción y canal.
2. Hechos denunciados y alcance de la investigación.
3. Diligencias realizadas (documentos revisados, entrevistas) y descargos del investigado.
4. Hechos comprobados y no comprobados, con sus pruebas.
5. Conclusión: denuncia fundada, infundada o no concluyente.
6. Recomendaciones: sanciones, mejoras de controles, comunicación a autoridades.
7. Firma del investigador y fecha.
NOTAS PARA ADAPTAR ESTE MODELO (elimina esta página antes de aprobarlo) Contenido mínimo. El procedimiento debe incluir: ejemplos de conductas denunciables, mecanismo de recepción, elementos mínimos de una denuncia, canales, medidas de protección del denunciante, identificación del encargado de prevención y de quien investiga, y el procedimiento de investigación y presentación de resultados (Reglamento, art. 40). Canales y protección. Los canales deben difundirse entre trabajadores, directivos y, cuando corresponda, socios comerciales; pueden ser internos o de un tercero; deben proteger al denunciante de buena fe contra represalias; y el modelo debe prever incentivos e investigación interna (art. 39). Hostigamiento sexual. Las quejas por hostigamiento sexual siguen su propio procedimiento y plazos legales (Ley N° 27942 y D.S. N° 014-2019-MIMP): derívalas de inmediato a Recursos Humanos. Datos personales. Las denuncias contienen datos personales: limita el acceso, conserva los expedientes con reserva y define un plazo de conservación.
Modelo de referencia: completa los datos entre corchetes [ ] y revisa que se ajuste a tu caso.