Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Fomento del Empleo
CASO DE DESPIDO ARBITRARIOARTÍCULO 31º.-
Es arbitrario el despido que se produce en contravención del Artículo 55° de la Ley y se sanciona únicamente con la indemnización establecida en el Artículo 71° de la misma.
Concordancias
D.S. N.° 003-97-TR (27.03.97), Art. 38º
TUPA MTPE: R. M. 317-2018-TR (19.12.18) , Trámite Nº 55
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.