Saltar al contenido
UIT 2026S/ 5,500IGV + IPM18%TIM0.90% mensualRMVS/ 1,230Dólar SunatS/ 3.46701/11Tasa BCRP4.25%sin cambioInflación4.55%anual sep
SUNAT · Informe

Informe N.° 102-2020-SUNAT/7T0000 Imagen digital y conservación de Comprobante de pago

Comprobantes de pago Emitido: 22 de octubre de 2020 Publicado por SUNAT: 2 de diciembre de 2020

La respuesta de SUNAT

1. La imagen digital del comprobante de pago en formato físico (documento escaneado) no constituye el documento que reúne los requisitos y características para ser considerado comprobante de pago, por lo que no permitirá al adquirente o usuario sustentar la deducción del costo o gasto para efectos del impuesto a la renta.

2. La imagen digital del comprobante de pago en formato físico (documento escaneado) no constituye el documento que reúne los requisitos y características para ser considerado comprobante de pago, por lo que no permitirá al adquirente o usuario sustentar el crédito fiscal, salvo que contenga la información señalada en el artículo 1 de la Ley N.° 29215 y se hubiera efectuado el pago del total de la operación, incluyendo el pago del Impuesto General a las Ventas (IGV) y de la percepción, de ser el caso, con los medios de pago y cumpliendo los requisitos señalados para tal efecto por el Reglamento de la Ley del IGV.

3. Las conclusiones precedentes no varían por el hecho que el adquiriente o usuario sea quien genere la imagen digital del comprobante de pago en formato físico (documento escaneado) y que la documentación original se conserve exclusivamente en medios magnéticos, ópticos o electrónicos a fin de sustentar costo, gasto o crédito fiscal.

La consulta Ver lo que se preguntó a SUNAT

1. ¿Es deducible para fines de la determinación del Impuesto a la Renta, el costo o gasto que, cumpliendo con todos los requisitos para ello , se sustenta en una imagen digital del comprobante de pago en formato físico (documento escaneado) remitida por el proveedor y que será conservada en medios magnéticos, ópticos o electrónicos?

2. ¿Es deducible como crédito fiscal el Impuesto General a las Ventas pagado en la adquisición de bienes o servicios que , cumpliendo con todos los requisitos para ello , se sustenta en una imagen digital del comprobante de pago en formato físico (documento escaneado) remitida por el proveedor y que será conservada en medios magnéticos, ópticos o electrónicos?

3. ¿Las respuestas a las preguntas 1 o 2 varían si el proveedor entrega el original del comprobante de pago en formato físico y el adquiriente o usuario es quien genera la imagen digital del comprobante de pago (documento escaneado) para su conservación exclusiva en medios magnéticos, ópticos o electrónicos?

4. ¿Las respuestas a las preguntas 1 o 2 varían si la documentación adicional que sustenta las operaciones que generan el costo, gasto o crédito fiscal y que originalmente se encuentra en formato físico, se conservan exclusivamente en medios magnéticos, ópticos o electrónicos?

Base legal del informe 5 normas

Fuente: SUNAT.

Informes relacionados

Comprobantes de pagoInforme N.° 60-2025-SUNAT/7T000023/05/2025 Comprobantes de pago – Documento autorizado Desde su designación como emisores electrónicos las instituciones educativas referidas en el artículo 67 de la Ley General de Educación deben emitir por todas sus operaciones, factura electrónica y b…
Comprobantes de pagoInforme N.° 57-2025-SUNAT/7T000021/05/2025 Comprobantes de Pago - Notas de crédito 1. Cuando el Reglamento de Comprobantes de Pago utiliza el término “otros” al mencionar los conceptos por los cuales se puede emitir la nota de crédito, se está refiriendo a situaciones distintas a a…
Comprobantes de pagoInforme N.° 88-2024-SUNAT/7T000011/11/2024 Reglamento de Comprobantes de Pago – Póliza de adjudicación Cuando el fiduciario de un fideicomiso en garantía realiza la enajenación de bienes que integran el patrimonio fideicometido, en cumplimiento de lo establecido en el acto constitutivo, a fin de resar…
Comprobantes de pagoInforme N.° 65-2024-SUNAT/7T000006/09/2024 En el caso del traslado efectuado bajo la modalidad de transporte público, con transbordo programado, en el que un… En el caso del traslado efectuado bajo la modalidad de transporte público, con transbordo programado, en el que un proveedor para entregar sus productos en el local de su cliente ubicado en otra prov…
Comprobantes de pagoInforme N.° 61-2024-SUNAT/7T000029/08/2024 Comprobantes de pago – Liquidaciones de compra 1. La halita o sal gema no se encuentra comprendida en los alcances de "producto primario" o "producto silvestre" a que se refiere el inciso 1.3 del numeral 1 del artículo 6 del Reglamento de Comprob…

Ver todos los informes sobre Comprobantes de pago