Saltar al contenido
UIT 2026S/ 5,500IGV + IPM18%TIM0.90% mensualRMVS/ 1,230Dólar SunatS/ 3.46701/11Tasa BCRP4.25%sin cambioInflación4.55%anual sep
SUNAT · Informe

Informe N.° 96-2015-SUNAT/5D0000 Sociedades extinguidas – Deuda tributaria/Abandono de bienes muebles embargados

Código Tributario Emitido: 7 de julio de 2015

La respuesta de SUNAT

1. La legislación tributaria no ha previsto la posibilidad de extinguir la deuda tributaria de sociedades extinguidas conforme a las disposiciones de la Ley General de Sociedades.

2. El artículo 121°-A del Código Tributario que regula los casos en los que se produce el abandono de los bienes muebles que hubieran sido embargados y no retirados de los almacenes de la Administración, no ha previsto como un supuesto especial para declarar dicho abandono el hecho que el propietario de los bienes muebles sea una sociedad extinguida conforme a las disposiciones de la Ley General de Sociedades.

La consulta Ver lo que se preguntó a SUNAT

Se formulan las siguientes consultas:

1. ¿Es posible extinguir la deuda tributaria de soc iedades extinguidas conforme a la Ley General de Sociedades?

2. En el supuesto que existieran bienes embargados internados en los almacenes de la SUNAT cuya propiedad pertenezca a s ociedades extinguidas conforme a la Ley General de Sociedades ¿es posible declararlos en abandono?

Base legal del informe 5 normas

Fuente: SUNAT.

Informes relacionados

Código TributarioInforme N.° 37-2026-SUNAT/7T000008/06/2026 Boletos aéreos – Declaración jurada informativa 1. Las Compañías de Aviación Comercial inscritas en el RUC solo deben informar los Boletos de Transporte Aéreo que hubieran emitido en el mes por los servicios de transporte aéreo de pasajeros, tanto…
Código TributarioInforme N.° 69-2025-SUNAT/7T000010/06/2025 Embargo en forma de retención El ejecutor coactivo puede ordenar a una entidad que ejecute un embargo en forma de retención sobre el importe adeudado al integrante de un consorcio comprendido en un procedimiento de cobranza coact…
Código TributarioInforme N.° 47-2025-SUNAT/7T000002/05/2025 Embargo en forma de retención sobre cuenta detracciones - Imputación No resulta viable que se pueda imputar el importe retenido de una cuenta de detracciones por un embargo en forma de retención trabado en el marco de un procedimiento de cobranza coactiva, a una deuda…
Código TributarioInforme N.° 28-2025-SUNAT/7T000027/02/2025 Fraccionamiento Especial - Acogimiento 1. Si en un procedimiento en el cual se hubiere impugnado varios valores, el contribuyente opta por acoger al Fraccionamiento Especial (FE) solo uno de ellos, se entiende que el desistimiento es únic…
Código TributarioInforme N.° 8-2025-SUNAT/7T000017/01/2025 Multa por infracción prevista en el numeral 1 del artículo 178 del Código Tributario Si un contribuyente que declaró cifras o datos falsos que le permitieron determinar un saldo a favor correspondiéndole un tributo por pagar, hubiera obtenido la devolución del saldo a favor indebidam…

Ver todos los informes sobre Código Tributario