Informe N.° 96-2015-SUNAT/5D0000 Sociedades extinguidas – Deuda tributaria/Abandono de bienes muebles embargados
La respuesta de SUNAT
1. La legislación tributaria no ha previsto la posibilidad de extinguir la deuda tributaria de sociedades extinguidas conforme a las disposiciones de la Ley General de Sociedades.
2. El artículo 121°-A del Código Tributario que regula los casos en los que se produce el abandono de los bienes muebles que hubieran sido embargados y no retirados de los almacenes de la Administración, no ha previsto como un supuesto especial para declarar dicho abandono el hecho que el propietario de los bienes muebles sea una sociedad extinguida conforme a las disposiciones de la Ley General de Sociedades.
La consulta Ver lo que se preguntó a SUNAT
Se formulan las siguientes consultas:
1. ¿Es posible extinguir la deuda tributaria de soc iedades extinguidas conforme a la Ley General de Sociedades?
2. En el supuesto que existieran bienes embargados internados en los almacenes de la SUNAT cuya propiedad pertenezca a s ociedades extinguidas conforme a la Ley General de Sociedades ¿es posible declararlos en abandono?
Artículos que interpreta
Base legal del informe 5 normas
- Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo N.° 179-2004-EF, publicado el 8.12. 2004 y normas modificatorias (en adelante, “Ley del Impuesto a la Renta”).
- Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprob ado por el Decreto Supremo N.° 033-2013-EF, publicado el 22.6.2013 y normas modificatorias (en adelante, “Código Tributario”).
- Ley N.° 26887, Ley General de Sociedades, publica da el 9.12.1997 y normas modificatorias (en adelante, “LGS”).
- Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, apr obado por el Decreto Supremo N.° 122-94-EF, publicado el 21.9.1994 y nor mas modificatorias (en adelante, “el Reglamento”).
- Resolución de Superintendencia N.° 210-2004/SUNAT que aprueba las disposiciones reglamentarias del Decreto Legislativ o N.º 943 que aprobó la Ley del Registro Único de Contribuyentes, publicada el 18.9.2004 y normas modificatorias.
Fuente: SUNAT.