Informe N.° 94-2012-SUNAT/4B0000 Servicios prestados por los operadores de comercio exterior
La respuesta de SUNAT
La exclusión del SPOT prevista en la Tercera Disposición Complementaria Final de la Resolución de Superintendencia N.° 158-2012/SUNAT, comprende a los servicios prestados por operadores de comercio exterior a los sujetos que soliciten cualquiera de los regímenes aduaneros previstos en la Sección Tercera de la Ley General de Aduanas, siempre que tales servicios estén vinculados a operaciones de comercio exterior.
La consulta Ver lo que se preguntó a SUNAT
En relación con el Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias, se consulta si la exclusión prevista en la Tercera Disposición Com plementaria Final de la Resolución de Superintendencia N.° 158-2012/SUNAT c omprende a la totalidad de regímenes aduaneros regulados en la Se cción Tercera de la Ley General de Aduanas; o solo a los que se mencionan e n el Título VII - Otros Regímenes Aduaneros o de Excepción, de la misma norma.
Base legal del informe 3 normas
- Resolución de Superintendencia N.° 183-2004/SUNAT, que establece normas para la aplicación del Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias, publicada el 15.8.2004, y normas modificatorias.
- Resolución de Superintendencia N.° 158-2012/SUNAT, que modificó la Resolución de Superintendencia N° 183-2004-SUNAT qu e aprobó normas para la aplicación del Sistema de Pago de Obligacio nes Tributarias, publicada el 13.7.2012.
- Ley General de Aduanas, Decreto Legislativo N.° 10 53, publicado el 27.6.2008 y normas modificatorias.
Fuente: SUNAT.