Informe N.° 3-2025-SUNAT/7T0000 La totalidad de las multas por las infracciones tipificadas en la Ley General de Aduanas (LGA) no puede acogerse al…
La respuesta de SUNAT
1. La totalidad de las multas por las infracciones tipificadas en la Ley General de Aduanas (LGA) no puede acogerse al fraccionamiento especial dispuesto por el Decreto Legislativo N.º 1634, debido a que únicamente pueden acogerse a este las multas de naturaleza tributaria por constituir deuda tributaria administrada por la SUNAT, excluyéndose las multas por infracciones de naturaleza administrativa tipificadas en la LGA.
2. Las multas por las infracciones tipificadas en los numerales 1 y 12 del inciso c) del artículo 192 de la LGA (antes de su modificación por el Decreto Legislativo N.º 1433) y las infracciones P52, P66 y P67 de la Tabla de Sanciones pueden acogerse al fraccionamiento especial dispuesto por el Decreto Legislativo N.º 1634, debido a que se tratan de deudas tributarias administradas por la SUNAT que constituyen ingresos del Tesoro Público, siempre que sean exigibles hasta el 31 de diciembre de 2023, contenidas en resoluciones emitidas por la SUNAT y no califiquen como deudas no comprendidas para su acogimiento.
La consulta Ver lo que se preguntó a SUNAT
Se consulta si la totalidad de las multas por las infracciones tipificadas en la Ley General de Aduanas (LGA) puede acogerse al fraccionamiento especial dispuesto por el Decreto Legislativo N.º 1634. De no ser afirmativa la respuesta a la consulta anterior, se consulta si las multas por las infracciones tipificadas en los numerales 1 y 12 del inciso c) del artículo 192 de la LGA1, y las infracciones P52, P66 y P67 de la Tabla de Sanciones aplicables a las infracciones previstas en la LGA pueden acogerse al indicado fraccionamiento.
Base legal del informe 5 normas
- Decreto Legislativo N.º 1634, que aprueba el fraccionamiento especial de la deuda tributaria administrada por la SUNAT, publicado el 30.8.2024.
- Decreto Supremo N.º 184-2024-EF, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N.º 1634, Decreto legislativo que aprueba el fraccionamiento especial de la deuda tributaria administrada por la SUNAT, publicado el 11.10.2024 (en adelante, reglamento del Decreto Legislativo N.º 1634).
- Decreto Legislativo N.º 1053, que aprueba la Ley General de Aduanas, publicado el 27.6.2008 y normas modificatorias (en adelante, LGA).
- Decreto Supremo N.º 418-2019-EF, que aprueba la Tabla de sanciones aplicables a las infracciones previstas en la Ley General de Aduanas, publicado el 31.12.2019 y normas modificatorias (en adelante, Tabla de Sanciones).
- Decreto Supremo N. º 133-2013-EF, que aprueba el Texto Único Ordenado del Código Tributario, publicado el 22.6.2013 y normas modificatorias (en adelante, Código Tributario). 1 Antes de su modificación por el Decreto Legislativo N.º 1433, que modifica la LGA, publicado el 16.9.2018 y vigente a partir del 31.12.2019. INFORME N.º 000003-2025-SUNAT/7T0000 ASUNTO : Consulta institucional sobre el sentido y alcance de las normas tributarias. LUGAR : Lima, 07 de enero de 2025 Vº Bº 7T2000 REG. 1082 ERNESTO JAVIER LOAYZA CAMACHO GERENTE 07/01/2025 15:29:05 Esta es una representación impresa cuya autenticidad puede ser contrastada con la representación imprimible localizada en la sede digital de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT. La representación imprimible ha sido generada atendiendo lo dispuesto en la Directiva N° 002-2021-PCM/SGTD. La verificación puede ser efectuada a partir del 07/01/2025. Base Legal: Decreto Legislativo N° 1412, Decreto Supremo N° 029-2021-PCM y la Directiva N° 002- 2021-PCM/SGTD. URL: https://www.sunat.gob.pe/cl-ti-itinteroperabilidad/valida/verificacion CVD: 0126 8047 9433 6563 Documento electrónico firmado digitalmente en el marco de la Ley N°27269, Ley de Firmas y Certificados Digitales, su Reglamento y modificatorias. La integridad del documento y la autoría de la(s) firma(s) pueden ser verificadas en: https://apps.firmaperu.gob.pe/web/validador.xhtml . Firmado digitalmente por: JOHANNA KARELLE RONDON MALAGA INTENDENTE NACIONAL INTENDENCIA NACIONAL JURÍDICO TRIBUTARIA Fecha y hora: 07/01/2025 15:33 2/6
Fuente: SUNAT.