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Art. 37 · Ley del Impuesto a la Renta46Art. 33 · Ley del IGV e ISC25Art. 178 · Código Tributario (TUO)21Art. 19 · Ley del Impuesto a la Renta19Art. 21 · Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta18Art. 2 · Ley del IGV e ISC16Art. 4 · Reglamento de Comprobantes de Pago (R.S. 007-99/SUNAT)14Art. 57 · Ley del Impuesto a la Renta11
Impuesto a la Renta - Ley N.° 31969
En relación con la Ley N.° 31969, Ley que impulsa la competitividad y el empleo en los sectores textil, confecciones, agrario y riego, agroexportador y agroindustrial y fomenta su reactivación económica:
1. Respecto a la reinversión de utilidades para los sec…
Depreciación de bienes obsoletos o en desuso
La contabilización de la depreciación a que se refiere el segundo párrafo del inciso b) del artículo 22 del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, no es exigible para que sea aceptada, tratándose de bienes del activo fijo, excepto inmuebles, que queden…
Impuesto a la Renta - Depreciación
En relación con los métodos de depreciación contenidos en el artículo 22 del Texto Único Ordenado de las normas con rango de ley que regulan la entrega en concesiones al sector privado de las obras públicas de infraestructura y de servicios públicos, aprobado…
Ajuste al costo de activos fijos por aplicación de NIIF
En el supuesto que, por aplicación de las Normas Internacionales de Información Financiera, se hubiera efectuado un ajuste rebajando el costo de adquisición o producción de un bien mueble calificado como activo fijo:
1. No corresponde deducir como gasto en la…
En los casos en que en aplicación de las NIIF se hubiera rebajado el valor de un activo fijo y el ajuste se hubiera…
En los casos en que en aplicación de las NIIF se hubiera rebajado el valor de un activo fijo y el ajuste se hubiera contabilizado con cargo a los "resultados acumulados", no se cumple el requisito del registro contable, a que hace referencia el inciso b) del …
Contabilización de la depreciación
En los casos en que en aplicación de las NIIF se hubiera rebajado el valor de un activo fijo y el ajuste se hubiera contabilizado con cargo a los “resultados acumulados”, y en la contabilidad se hubiera registrado la depreciación anual calculada sobre el meno…
Fuente: SUNAT.