Texto Único Ordenado de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo

REQUISITOS PARA SER MIEMBRO DE UN SINDICATOARTÍCULO 12º.-

Para ser miembro de un sindicato se requiere:

a) Ser trabajador de la empresa, actividad, profesión u oficio que corresponda según el tipo de sindicato.

b) No formar parte del personal de dirección o desempeñar cargo de confianza del empleador, salvo que el estatuto expresamente lo admita.

c) No estar afiliado a otro sindicato del mismo ámbito.

Los trabajadores podrán afiliarse a un sindicato durante el período de prueba, sin menoscabo de los derechos y obligaciones que durante dicho período les corresponde ejercer a las partes, respecto a la relación laboral.

Concordancias

D.S. N.º 003-97-TR (27.03.97), Arts. 9° y 43°

C.C., Art. 219° Inc. 2), 43°, 44° y 1358°.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.