Ley de Formación y Promoción Laboral. Texto Único Ordenado de la Ley de Fomento del Empleo
PROGRAMA ESPECIAL PARA TRABAJADORES CON LIMITACIONES FÍSICAS, INTELECTUALES O SENSORIALESARTÍCULO 43º.-
Los programas especiales de fomento del empleo para trabajadores con limitaciones físicas, intelectuales o sensoriales deberán atender al tipo de actividad laboral que éstos puedan desempeñar, de acuerdo con sus niveles de calificación.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.