Aprueban normas reglamentarias de las disposiciones tributarias aplicables a las instituciones educativas particulares
ARTÍCULO 10º.-
Los bienes y servicios materia del beneficio por reinversión son los que se indican en el Anexo 1 del presente Reglamento.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.