Aprueban el Reglamento de Multas del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo

ARTÍCULO 24º.- REFINANCIAMIENTO DE LA DEUDA

El deudor puede refinanciar una deuda fraccionada, por un número de cuotas menores a las concedidas, siempre que esté al día en su cronograma de pagos, por el saldo pendiente de la deuda.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.